Los jueces penales Fernanda Revori y José Luis Ennis dejaron sin efecto la prohibición de acercamiento impuesta a cuatro integrantes de la comunidad. La defensa denunció la violación de estándares de derecho internacional e intercultural.
En una audiencia celebrada en los tribunales de Esquel (Chubut), los jueces penales Fernanda Revori y José Luis Ennis dejaron sin efecto la prohibición de acercamiento que pesaba sobre integrantes de la Comunidad Mapuche Tehuelche Nahuelpan. La medida original, dictada por el juez Carlos Richeri, impedía el acercamiento a menos de 100 metros y todo tipo de contacto con los concejales oficialistas Liza Arrúa, Rafael Crea, Paula Daher y Susana Pérez Arteaga.
La prohibición de contacto implicaba “la obligación de no dirigirse, hablarle, escribirle y/o cualquier forma de comunicación de forma directa o indirecta con la persona protegida por esta medida de coerción (la víctima), es decir, por sí mismo o por terceras personas. No pude enviarle ningún tipo de mensaje directo o por medio de otras personas como intermediarias. La prohibición incluye cualquier medio físico o digital (sólo a modo de ejemplo no taxativo, no puede enviarle papeles, cartas, objetos, etc.; de igual modo, no puede enviarle sms, chats por cualquier red social o producto digital y/o informático). La inscripción de grafitis, carteles en la vía pública, mensajes en los medios de comunicación, incluso publicación en estados de las redes sociales, fotos de perfil, en muros, grupos, canales de ventas, o similar, se presumirá un contacto indirecto y en consecuencia podría resultar un desacato a la presente orden”.
La denuncia se originó tras el reclamo de la comunidad durante una sesión del Concejo Deliberante en la que el oficialismo -junto parte del bloque peronista- aprobó la adjudicación de 5.000 metros cuadrados del Parque Industrial -lindero al territorio Nahuelpan- a una empresaria local. El proyecto contempla la instalación de un crematorio y plantas de residuos patológicos y lubricantes. La comunidad se presentó en el recinto luego de que las autoridades ignoraran dos notas formales, ingresadas los días 29 y 30 de septiembre, donde exigían información ambiental y la garantía del derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada. Incluso, uno de estos pedidos había sido incorporado para tratarse en el orden del día, pero la votación se realizó sin su tratamiento.
Vulneración de derechos
Durante la audiencia, la abogada Sonia Ivanoff fundamentó el pedido de cese inmediato de la restricción coercitiva y remarcó la desproporción de la medida respecto del rol institucional de los miembros del territorio: “No estamos ante un conflicto interpersonal privado, sino ante una sesión pública del Concejo Deliberante ocurrió el 2 de octubre, donde se votaba, nada más ni nada menos, que adjudicar 5.000 metros cuadrados dentro del parque industrial, un terreno lindante a la comunidad Mapuche, para instalar un crematorio y una planta de residuos patológicos”.
Ivanoff enfatizó el impacto de imponer medidas cautelares penales a autoridades comunitarias e interlocutores oficiales reconocidos por el propio Estado nacional: “A Gabriel Nahuelquir, representante electo por más de 34 comunidades ante el Consejo de Participación Indígena (CPI) del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), se le prohíbe tomar contacto con cuatro concejales. Eso significa suspender e impedir el ejercicio de una función institucional indígena reconocida por el Estado Nacional en cumplimiento de mandatos constitucionales y convencionales”.
Respecto de las expresiones vertidas en el recinto por Susana Panguilef, mujer mapuche y adulta mayor de la comunidad, la defensora rechazó la calificación de amenaza e integró la perspectiva intercultural en el análisis del caso: “Sus expresiones en el recinto -‘por las tumbas nuestras no entran a Nahuelpan’- no fueron amenazas para condicionar a concejales, sino el grito de dolor de una mujer mapuche ante la falta de consulta sobre su territorio. Susana sufrió una crisis aguda de angustia que reactivó los legados del desalojo forzoso de 1937 y el duelo reciente por la muerte de su esposo por cáncer, que la mayoría asocia con la contaminación del agua y el aire”.
El fallo del tribunal de revisión
Al momento de dictar la resolución, el juez José Luis Ennis sostuvo que el tribunal analizó la vigencia, la razonabilidad y los derechos en juego para dar por finalizada la restricción dictada por la primera instancia: “Entendemos, con la doctora Revori, que no existen motivos suficientes como para mantener esta restricción por más tiempo del que ya se ha dispuesto. (…) No se han registrado nuevos incidentes de ninguna naturaleza que puedan vincularse con esta medida”.
Asimismo, el magistrado fundamentó la revocación en el compromiso democrático expresado por la comunidad y en las atribuciones institucionales que posee el propio cuerpo legislativo municipal para ordenar sus debates: “Computamos la referencia a un compromiso de discusión democrática pacífica que habían asumido sus asistidos (…). Teniendo en cuenta que el propio Concejo cuenta con otros mecanismos idóneos para garantizar su normal funcionamiento, no nos parece que esta medida, establecida bajo la apercibida de constituir el delito de desobediencia, sea necesaria para asegurar el avance de la causa. Este tribunal resuelve dejar sin efecto, a partir del día de la fecha, la decisión respecto de las medidas de protección puestas para Angélica Susana Panguilef, Javier Nahuelpán, Luisa Aylén Suárez y Gabriel Nahuelquir”.

El pronunciamiento de la comunidad: “Utilizan la justicia para infundir miedo”
Tras conocerse el fallo judicial, la Comunidad Mapuche Tehuelche Nahuelpan difundió el siguiente comunicado público donde caracterizó las denuncias de los concejales como un mecanismo de disciplinamiento social frente al incumplimiento de la consulta previa, libre e informada y el avance de emprendimientos privados contaminantes:
“En el día de hoy se llevó a cabo una audiencia en los tribunales de Esquel.
En la misma, los jueces penales Fernanda Revori y José Luis Ennis decidieron revocar la decisión que había tomado el juez Carlos Richeri, quien dictó una prohibición de acercamiento por 15 días a 4 integrantes de nuestra Comunidad Mapuche Tehuelche Nahuelpan, «ya que no encuentran motivos suficientes para mantener la medida o extenderla».
¿Cómo es posible que, encima de decidir y aprobar algo que nos perjudica, quieran silenciarnos y prohibir el acercamiento para que no reclamemos más por nuestros derechos?
Estos proyectos privados nos perjudican directamente y no son capaces de pensar en nuestros derechos, salud, protección y cuidado; tampoco, de nuestro territorio. Es por esto que nos quieren callar. CÓMO VAN EN CONTRA DE DERECHOS NECESITAN ESCUDARSE CON ALGO; EN ESTE CASO, UTILIZAN LA JUSTICIAS EN RELACIÓN DE PODER, EJERCER MIEDO, CALLAR RECLAMOS Y SOMETER CON MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
Conocemos las leyes y, como sujeto de derecho, tanto nosotros como el territorio no permitiremos que familias enteras sufran y sean despojadas nuevamente.
Nuestra defensa territorial trae un legado histórico. Más allá de nuestro presente, nuestra responsabilidad es cuidar y luchar por las generaciones futuras. No queremos que ellos tengan que vivir estás injusticias que se normalizan, no queremos que vivan en un territorio contaminado y, sobre todo, queremos que permanezcan en su lugar.
Estos proyectos privados cuentan con el acompañamiento político por parte del intendente de Esquel, Matías Taccetta; gobernador de Chubut, Ignacio Torres; y de los concejales, funcionarios que vulneran sistemáticamente nuestros derechos como indígenas.
¿Así pretenden gobernar y decidir? Judicializando y hostigando.
La denuncia y pedidos de prohibición de acercamiento, menciones públicas y contacto fueron realizados por los concejales del ¿Honorable? Concejo Deliberante de Esquel: Liza Arrua, Paula Daher, Susana Pérez Arteaga y Rafael Crea, por los hechos sucedidos durante la sesión del Concejo Deliberante (2/10/26, Esquel, Chubut). Durante esta polémica e injusta sesión se aprobó la instalación de un crematorio, una planta de residuos patológicos y una planta de tratamientos lubricantes peligrosos en el Parque Industrial, ubicado convenientemente para el poder en terrenos linderos a nuestro territorio”.
Fotos: Roxana Sposaro




