La jueza federal subrogante María Belén López Mace aceptó el recurso planteado por las comunidades Pilagás, por lo que la Cámara de Apelaciones de Resistencia deberá revisar el fallo que había cerrado la vía penal para investigar la masacre perpetrada por el Estado en 1947.
La Jueza Federal Subrogante de Formosa, María Belén López Mace, declaró admisible y concedió el recurso de apelación interpuesto por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá. Con esta medida, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) será la encargada de revisar la resolución que inicialmente había rechazado la apertura de un Juicio por la Verdad penal en torno a la masacre de Rincón Bomba, ocurrida en octubre de 1947.
La resolución judicial se produjo en el marco del expediente “Smachetti, Carlos s/ Homicidio Agravado con Ensañamiento”, en el cual la Federación Pilagá actúa como querellante. El pasado 28 de mayo, el juzgado de primera instancia había desestimado la tramitación del proceso penal argumentando motivos de seguridad jurídica y economía procesal, señalando que las pretensiones de la comunidad indígena ya se dirimían en una causa civil por daños y perjuicios que actualmente se encuentra bajo análisis de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ante esta negativa, la representación letrada de las comunidades originarias, a cargo de la abogada Paula Mercedes Alvarado Mamani, presentó un recurso de apelación y un posterior pedido de pronto despacho. La querella alegó que la vía resarcitoria civil no suple el derecho autónomo a la verdad en el ámbito penal y advirtió sobre el riesgo de una “impunidad biológica” debido al fallecimiento de los imputados y de los sobrevivientes de la masacre por el transcurso de casi 79 años. Asimismo, en el reclamo enfatizó que los hechos configuran delitos de lesa humanidad como genocidio, etnocidio y terricidio, citando como precedente vinculante el Juicio por la Verdad de la Masacre de Napalpí y exigiendo una reparación integral no económica que incluya la declaración judicial del genocidio, un pedido de perdón oficial del Estado, un memorial en Rincón Bomba y su incorporación en los programas educativos nacionales; objetivos imposibles de alcanzar en sede civil.
Tras evaluar la presentación, la jueza López Mace constató que el recurso cumple con los requisitos formales y procedimentales exigidos por el Código Procesal Penal de la Nación, determinando su viabilidad institucional. A través de un comunicado compartido por la Federación del Pueblo Pilagá, la abogada Alvarado Mamani destacó la trascendencia de la medida: “Si bien la Cámara será la encargada de resolver si corresponde abrir el Juicio por la Verdad, la concesión del recurso representa un paso importante para que el pedido sea analizado por un tribunal superior y para que continúe el camino hacia el reconocimiento judicial de la verdad histórica y la responsabilidad del Estado en la Masacre de Rincón Bomba”.
En comunicación con infoterritorial, la letrada afirmó que “no puede haber una democracia plena mientras los crímenes cometidos contra los Pueblos Indígenas permanezcan sin ser esclarecidos por la justicia”. Bajo esta premisa, sostuvo que “”a memoria no prescribe, la verdad es un derecho de las víctimas, de sus familias y de toda la sociedad, y la justicia es una obligación del Estado”.
Tras la concesión del recurso, las actuaciones digitales fueron remitidas formalmente al tribunal de alzada de Resistencia mediante el Sistema de Gestión Judicial, instancia que dictará la resolución definitiva sobre la procedencia del juicio penal. “El pueblo Pilagá continúa caminando con la misma convicción de siempre, para que la masacre de Rincón Bomba nunca más sea oculta y para que la verdad ocupe el lugar que le corresponde en la historia argentina“, subrayó la abogada.




