Amparo colectivo en defensa del bosque nativo contra la mina de cobre Martín Bronce en Palma Sola

Extracción de cobre en bosque nativo y comprobación de desmonte y derrame de sustancias. Familias campesinas presentan ante el juzgado ambiental un amparo colectivo para suspender las actividades mineras.

El pasado 17 de abril, un grupo de vecinos y vecinas de la localidad de Palma Sola presentó una acción colectiva de amparo ambiental ante el Juzgado Ambiental contra el Estado Provincial de Jujuy. Esta medida judicial busca frenar de manera inmediata la ejecución del proyecto minero de cobre a cielo abierto denominado “Martín Bronce”, debido a las graves irregularidades administrativas detectadas y el daño irreversible en ecosistemas de alta sensibilidad.

El proyecto minero se localiza en el paraje Siete Aguas, dentro de las Serranías de Santa Bárbara, a 25 kilómetros de Palma Sola, en el sureste provincial. El área afectada pertenece a una región fitogeográfica estratégica que integra el Gran Chaco y posee una estrecha vinculación con el ecosistema de las Yungas. Por su elevada biodiversidad, esta zona representa uno de los últimos remanentes de bosque nativo que funcionan como corredor biológico, asegurando la conectividad ecológica entre el Chaco y las selvas de montaña. Además, este territorio garantiza la unión funcional entre áreas protegidas de gran relevancia nacional, tales como los Parques Nacionales Calilegua y El Rey, y la Reserva Las Lancitas.

Impacto en la comunidad

El paraje Siete Aguas alberga especies en peligro de extinción como el jaguar, el anta y el pecarí, además de cumplir funciones críticas de regulación hídrica para la agricultura y ganadería local. Los vecinos sostienen que “la actividad minera cuestionada genera un impacto concreto, actual y diferenciado sobre nuestras condiciones de vida”.

Los trece demandantes son pequeños productores, docentes, trabajadores de la salud y jubilados que dependen directamente del entorno natural para su subsistencia y salud. Denuncian que la actividad minera ya ha provocado cambios visibles en el paisaje, incluyendo desmontes constatados en inspecciones oficiales y peligros de contaminación de las cuencas hídricas que abastecen a la región.

Estos pobladores desarrollan sus vidas en estrecha relación con el entorno natural a través de la agricultura familiar y la ganadería, actividades que demuestran una “dependencia directa del ambiente -en particular del acceso al agua, la integridad de los ecosistemas y la conservación del suelo- para la subsistencia”. Por este motivo, denuncian que el proyecto minero, al situarse en proximidad a sus hogares, “genera un impacto concreto, actual y diferenciado sobre sus condiciones de vida“, afectando de manera directa su salud, sus medios de vida y sus prácticas culturales. 

La demanda

Los amparistas, bajo el patrocinio legal de las abogadas Samanta Delgado y María José Castillo, exigen la nulidad absoluta de las resoluciones N° 125/2021 y N° 89/2024 emitidas por la Dirección Provincial de Minería para habilitar el proyecto. La demanda sostiene que la iniciativa vulnera la Ley de Bosques al emplazarse en las Serranías de Santa Bárbara, específicamente en zonas categorizadas como Roja y Amarilla dentro del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, donde la normativa prohíbe terminantemente desmontes y transformaciones del suelo a pesar de haberse aprobado estudios de impacto ambiental en el área.

Asimismo, la acción judicial denuncia una grave falta de participación ciudadana y consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas, señalando que se omitieron las audiencias públicas obligatorias y se restringió el acceso a la información ambiental. Esta situación vulnera derechos fundamentales consagrados en la Ley General del Ambiente, la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la OIT y el Acuerdo de Escazú, además de contradecir la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Por otro lado, los vecinos exponen una expansión irregular del emprendimiento, el cual obtuvo una autorización inicial para solo 2,6 hectáreas bajo la premisa de que el terreno era pastizal, pero escaló hasta proyectar una intervención de casi 6.000 hectáreas sin realizar nuevas evaluaciones integrales. Finalmente, los demandantes advierten sobre daños ya existentes, como derrames de hidrocarburos, desmontes constatados en inspecciones oficiales e incumplimientos reiterados en los monitoreos ambientales participativos.

El avance minero y la conflictividad socioambiental se extiende en la provincia de Jujuy

La expansión de la minería en Jujuy continúa intensificando los conflictos socioambientales en territorios indígenas y campesinos. Según el catastro minero a Febrero del 2026 se encontraría afectado alrededor del 70% del territorio provincial. La falta de consentimiento colectivo y la ausencia de mecanismos democráticos de consulta y participación han disparado la conflictividad. Se suma a los conflictos los impactos que está generando la explotación de cobre, ahora en valles y yungas modificando territorios y profundizando la degradación ecológica y ambiental en esa Región.

En este contexto, demandantes solicitan al Juzgado Ambiental que admita la acción colectiva de amparo y reconozca su legitimación activa para litigar en defensa del entorno natural. Entre las peticiones más urgentes, exigen el dictado de una medida cautelar de no innovar inaudita parte que suspenda de inmediato todas las actividades del proyecto minero Martín Bronce, además de citar a la empresa MOM Mining S.R.L. como tercero interesado. La presentación también requiere la incorporación de las pruebas ofrecidas, el otorgamiento del beneficio de justicia gratuita y la declaración de inconstitucionalidad de los Decretos N° 5772/2010 y N° 7551/2023. Finalmente, los vecinos buscan que la justicia declare la nulidad absoluta de las autorizaciones ambientales otorgadas y que se impongan las costas del proceso a la parte demandada.

 Nota colaborativa entre “La Hojita Informativa” e “infoterritorial”

Todos los derechos reservados. Se permite la reproducción, distribución y comunicación pública de este contenido únicamente cuando se cite a infoterritorial como fuente original e incluya un enlace directo al contenido.



Deja un comentario