Las excusas del INAI para no entregar Carpetas Técnicas
El reciente informe presentado por el Estado Nacional ante el Juzgado Federal de Zapala, en el marco del expediente “Comunidad Mapuche Lof Paicil Antriao c/ INAI s/ Amparo por mora”, evidencia la resistencia del Poder Ejecutivo a cumplir con el mandato constitucional de reconocer la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas.
El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), actualmente degradado a Subsecretaría del Ministerio del Interior, intenta desarticular un reclamo histórico: la entrega de la Carpeta Técnica del Relevamiento Territorial, Jurídico y Catastral del territorio habitado históricamente por la comunidad mapuche Paicil Antriao en lo que hoy conocemos como Villa La Angostura.
Desmantelamiento institucional
Aunque el informe responde a un caso particular, refleja una política estatal sistemática que afecta a cientos de comunidades en Argentina. El abogado Sergio Sebastián Caffa, en representación del Ministerio del Interior, detalla decretos que transformaron al INAI de ente descentralizado a una simple unidad administrativa, eliminando direcciones jurídicas y técnicas esenciales. Este desguace perjudica directamente a quienes aguardan el reconocimiento formal de su ocupación “actual, tradicional y pública”.
El Estado utiliza el concepto de “federalismo concertado” para justificar su posicionamiento, alegando que el aval de la Provincia de Neuquén es una condición indispensable. Sostiene que, sin conformidad absoluta de la provincia, el INAI no puede finalizar el trámite. El relevamiento concluyó en 2015 y fue ratificado con nuevas tareas técnicas en 2022. El exgobernador Omar Gutiérrez se comprometió a entregar la Carpeta en 2023, terminó su mandato sin cumplirlo. Bajo la actual gestión de Rolando Figueroa, la situación persiste y la comunidad mantiene sus reclamos legales. De esta manera, el Poder Ejecutivo, tanto en el ámbito nacional como en el provincial, se deslinda mutuamente de sus responsabilidades, mientras la comunidad permanece desde hace más de una década a la espera de respuestas concretas.
Mientras tanto, avanzan sobre el territorio proyectos viales sin la debida consulta previa, libre e informada y los juicios impulsados por poderosos empresarios. El documento estatal omite lo establecido en el Art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional y el Convenio 169 de la OIT, que obligan al Estado a garantizar la propiedad comunitaria y la consulta a los pueblos originarios.
El informe admite que las tareas de campo finalizaron, pero se escuda en la “complejidad” de los litigios con la Municipalidad de Villa La Angostura, Vialidad Nacional y particulares como Emmanuel Ginóbili, Martín Bianchini y Jorge Bernardi para justificar su extrema prudencia, dejando de lado las funciones fundamentales con el que fue creado el INAI: garantizar la implementación de políticas públicas que favorezcan el desarrollo social, cultural y económico de las comunidades indígenas, así como la defensa de sus territorios y bienes naturales.
Luis Virgilio Sánchez, abogado de la comunidad, cuestionó la postura estatal, especialmente respecto al litigio con Ginóbili. Denunció que el titular del INAI, Claudio Avruj, presentó un dictamen advirtiendo irregularidades no especificadas e incluso sugirió al juez fallar a favor del privado. Sánchez calificó esto como una contradicción ética, comparando al INAI con un defensor público que, en lugar de proteger a sus asistidos, vela por intereses ajenos.
Para rechazar el amparo, el Estado argumenta que la vía procesal es improcedente, alegando que existen canales ordinarios para un debate más extenso. Al afirmar que el amparo “desnaturaliza” el proceso, el Estado ignora que la Ley 26.160 surgió como una medida de emergencia ante la vulnerabilidad territorial. Además, la comunidad cumplió con todos los requisitos antes de que dicha ley fuera declarada abrogada por el Decreto 1083/2024 de la gestión actual.
Argentina tiene una sola bandera, la celeste y blanca. El legado de Belgrano que hoy honramos. En varias escuelas de Río Negro se hizo la promesa a la bandera mapuche. Es inadmisible y repudiable. Los docentes que lo promovieron deben ser sancionados. pic.twitter.com/etTYrCAPcq
— Claudio Avruj (@clauavruj) June 20, 2025
El representante estatal sostiene que reconocer el amparo por mora sería una “intromisión” judicial en facultades ejecutivas. No obstante, ante la omisión sistemática de funciones por parte del Ejecutivo, el Poder Judicial se convierte en el último refugio para comunidades que llevan atrapadas en eternos laberintos de trámites y promesas incumplidas. Negar la mora administrativa -tras años de retraso admitido- o desestimar notas oficiales por su “formato PDF”, son meras evasivas destinadas a ocultar un posicionamiento político e ideológico, que se refleja en decisiones perjudiciales para los Pueblos Indígenas
Denuncias de la Confederación Mapuche
Sánchez calificó el accionar oficial como un caso de incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad. En declaraciones a Infoterritorial, recordó que en 2025 la Confederación Mapuche de Neuquén ya había denunciado a Avruj por estos cargos tras sus críticas al uso de la bandera mapuche en escuelas.
El abogado confirmó que las denuncias también señalan una “intervención promiscua” del organismo en juicios ajenos, mediante informes que la comunidad considera falsos. “Hay denuncias en la fiscalía federal de Bariloche que no se han movido”, concluyó, subrayando en paralelo que la paralización de los relevamientos responde a una decisión política.
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