La Sala II del máximo tribunal penal de la Nación, con diferencias parciales, dejó sin efecto de manera unánime las condenas por usurpación dictadas a seis integrantes de Lof Mapuche Lafken Winkul Mapu. Con esta decisión, Casación anuló las penas accesorias y evitó la realización de un nuevo debate oral, cerrando la vía penal en este capítulo judicial. La Gremial de Abogados y Abogadas de Argentina emitió un comunicado en el que catalogó la resolución como “el mayor golpe que le dimos a los fueros federales racistas de Bariloche y la Patagonia”.
Con los votos de los magistrados Alejandro Slokar y Angela Ledesma, y la disidencia parcial de Guillermo Yacobucci, resolvió absolver de culpa y cargo a Betiana Ayelén Colhuan, Martha Luciana Jaramillo, María Celeste Ardaiz Guenumil, Romina Rosas, Matías Daniel Santana y Yéssica Fernanda Bonnefoi. Todos ellos habían sido condenados previamente por el juez Alejandro Silva, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca, a penas de hasta dos años y medio de prisión en suspenso por el delito de usurpación por despojo.
El conflicto judicial se centró en tres episodios de ocupación de lotes en la zona de Villa Mascardi, en cercanías a Bariloche, ocurridos entre 2017 y 2022. La defensa, ejercida por la Gremial de Abogados y Abogadas de Argentina, impugnó la sentencia de primera instancia denunciando la falta de perspectiva de derecho indígena, la afectación de garantías constitucionales y una arbitraria valoración de la prueba, además de señalar que el juez ignoró las instancias de diálogo previas con el propio Estado Nacional.
En comunicación con infoterritorial, el abogado Gustavo Franquet, integrante de la Gremial, apuntó directamente contra el magistrado de General Roca: “Total responsabilidad le cae al juez Silva. Él fue el que condenó sin pruebas y el que no quiso homologar nunca el acuerdo con Parques Nacionales. Condena por la sola convicción de que los mapuches son culpables. No contempló nada de lo que planteamos sobre los derechos de los pueblos originarios; un desastre, Silva es un chanta”.

Uno de los puntos jurídicos centrales de Casación radicó en corregir un error dogmático de la primera instancia respecto a la temporalidad de la usurpación. El tribunal ratificó que el despojo es un delito de consumación instantánea cuyos efectos se prolongan en el tiempo, pero que no muta en una infracción continua. Esta precisión técnica resultó fundamental para evaluar la situación de la Machi Betiana Colhuan, quien era menor de edad al momento en que se inició la recuperación territorial.
El tribunal alineado con los votos del juez Slokar y Ledesma, dictaminó que este tipo de disputas exige incorporar de manera obligatoria una perspectiva que contemple el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional -que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas- y el Convenio 169 de la OIT. En ese sentido, el fallo remarcó: “cabe consignar que en el ámbito regional se ha advertido acerca de “la insuficiencia de la normativa argentina existente en cuanto a procedimientos de reclamación de la propiedad indígena” , citando la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el Caso “Comunidades indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) Vs. Argentina”. A raíz de ese fallo, el Estado argentino fue obligado a delimitar, demarcar y otorgar un título único y colectivo a favor de las comunidades indígenas al norte de la provincia de Salta. Además, se le ordenó al Estado debatir y sancionar una ley especial de la propiedad comunitaria indígena, hechos que hasta el momento no han sucedido.
A este panorama se sumó la firma de un acuerdo conciliatorio en 2023 entre la comunidad, autoridades del pueblo Mapuche Tehuelche, el Poder Ejecutivo Nacional y la Administración de Parques Nacionales. Aunque dicho convenio quedó sin efecto por incumplimiento del propio Estado, su mera existencia impidió configurar una certeza indubitable sobre la intención delictiva de los acusados. En este sentido, destacó el reconocimiento del “rewe“, un espacio ceremonial cuya validez cultural ya había sido contemplada por las propias autoridades estatales en instancias de mediación previas. Cabe destacar que el incumplimiento estatal validó las vandalizaciones posteriores e incitaciones públicas a su destrucción por parte de privados con intereses económicos en la zona.
Asimismo, el fallo ponderó en el impacto de los 18 años de vigencia de la Ley de Emergencia Territorial Indígena (N° 26.160), que prohibía los desalojos. Para el tribunal, las marchas y contramarchas del Estado en los relevamientos territoriales e instancias de diálogo y reconocimiento generaron un escenario de “objetiva ambigüedad” normativa.
Absueltos por la justicia, pero…
En 2017, un grupo de mujeres, niños y hombres mapuche inició un proceso de retorno al territorio del que sus ancestros habían sido despojados, en la zona actualmente conocida como “Villa Mascardi”. Para fines de noviembre de ese año, Lof Lafken Winkul Mapu sufrió una serie de represiones ordenadas por la ex ministra de seguridad Patricia Bullrich. Las jornadas de militarización del territorio culminaron un joven mapuche, Rafael Nahuel, asesinado por la espalda y varios comuneros con graves heridas propiciadas por efectivos del Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina. A pesar de ello, la comunidad resistió y desarrolló su vida en el territorio. La criminalización, hostigamientos y el racismo contra la comunidad continuaron, hasta que en octubre del 2022 fue violentamente desalojada por un “Comando Unificado” a cargo del entones ministro de Seguridad, Anibal Fernández, bajo la orden de la jueza federal Silvina Domínguez. Las mujeres de la comunidad fueron detenidas junto a sus hijos, sufrieron torturas y tratos crueles denunciados por la misma ministra de Mujeres y Diversidad de aquel entonces, Elizabeth Gómez Alcorta, quien, ante los hechos consumados, presentó su renuncia indeclinable. Posteriormente, con las mujeres detenidas, se realizaron mesas de diálogo y un acuerdo con autoridades de Parque Nacionales que el mismo Estado incumplió. Desde entonces su rewe (espacio sagrado que se encuentra en el territorio) ha sido vandalizado en reiteradas ocasiones.
Un escenario de violencia similar atravesó a la comunidad Pu Lof en Resistencia de Cushamen, que todavía resiste en el territorio ante el reactivado pedido de desalojo del multimillonario italiano Luciano Benetton. En ese caso, los comuneros que fueron enjuiciados por usurpación resultaron absueltos ya en primera instancia, un fallo que luego fue ratificado por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut. Sin embargo, aún cargan con el señalamiento mediático y el latente despojo territorial.

Las comunidades e integrantes del pueblo Mapuche Tehuelche que deciden ejercer su derecho legítimo al retorno a los territorios apropiados históricamente a sangre y fuego enfrentan dos tipos de juicios. El primero es el ya relatado en los fueros judiciales. El segundo, más difícil de revertir pero no imposible, se dirime en el ámbito mediático: allí se ha instalado en el imaginario popular el estereotipo del “pseudomapuche”, el “usurpador” o el “violento”, bajo una mirada negacionista que invisibiliza el contexto histórico de genocidio y consolida una supuesta hegemonía de la identidad argentina.
Aunque este fallo judicial difícilmente logre desmantelar un concepto impuesto durante décadas, expone el racismo y la ignorancia que los sucesivos gobiernos, con la colaboración de diversos sectores de poder, han contribuido a perpetuar. Botón de muestra, algunos de los hoy absueltos, de quienes se resaltó la voluntad de diálogo, de quienes insisten en que la solución al conflicto territorial es política, se encuentran incluidos en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento.
En este contexto, la comunidad difundió el siguiente comunicado público:
Pukem mew, 7 de julio de 2026
Declaración Pública Lof Lafken Winkul Mapu
Une ta entuaiñ kiñe chalin kom taiñ pu ke che mvlelu fillpvle Mapu mew!
Pu lonko, pu Pillan Kushe, pu Machi, pu Werken, pu Kona, pu Weichafe, pu Lamuen ka pu Peñi.
Compartimos con ustedes la resolución de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa que involucró a varios integrantes de nuestro Lof.
Ha pasado tiempo desde aquel 4 de octubre de 2022, día en que el odio y el racismo se hicieron uno, y el gobierno de entonces, a través del Ministerio de Seguridad, mediante el Comando Unificado y en un desmedido operativo, entró violentamente a nuestro territorio con el fin de desalojarnos.
Luego de todo lo que hemos enfrentado, y que es de público conocimiento, fuimos enjuiciadas y enjuiciados por usurpación. Culpados de retornar a nuestra propia tierra, la cual hemos heredado legítimamente de nuestros antepasados.
Fuimos acusados de ser falsos mapuche, de violentos y de un sinfín de cosas. Quisieron deslegitimar nuestro reclamo territorial; nos persiguieron, nos encarcelaron y buscaron detener nuestra lucha y nuestra conciencia.
Pero nosotros siempre llevamos como estandarte de lucha nuestra verdad histórica y milenaria. Llevamos con nosotros el respaldo de nuestros mayores.
Es así que hoy fuimos informados, a través de nuestros defensores de la Gremial de Abogadas y Abogados, a quienes les estamos inmensamente agradecidos, ya que en cada audiencia lo han dado todo y han luchado junto a nosotros, comprendiendo nuestro reclamo.
Hoy la Cámara Federal de Casación Penal nos ABSUELVE.
A pesar de que nosotros descreemos de la justicia winka, y sobradas razones tenemos para ello, hoy un tribunal nos absuelve, entre otras razones, teniendo en cuenta nuestra pertenencia a un pueblo originario y los artículos 75, incisos 17 y 22, de la Constitución Nacional.
Hoy, a casi cuatro años de aquel desalojo, esto significa mucho para nosotros, porque nuestra palabra y nuestra verdad han sido tenidas en cuenta.
Agradecemos a quienes siempre han confiado en nuestra fuerza para luchar y salir adelante ante tanta adversidad: pu lamuen, pu peñi, pu lofche y toda la gente consciente que ha acompañado solidariamente nuestra resistencia.
Kishuleaiñ inchiñ. Mapuchengeiñ nieiñ ta newen!
Weichafe Rafael Nahuel yem, inaltu iñchiñ müley!
Marichiweu!!
Lafken Winkul Mapu Lof mew.
Foto de portada: La abogada de la gremial de Abogados y Abogadas junto a mujeres de Lof Lafken Winkul Mapu (archivo Roxana Sposaro)
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