Escriben: Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá y su Letrada Apoderada, Dra. Paula Mercedes Alvarado Mamani
“Da’ yimaqta ñi Judicial qataa da’ wana yakoolege so’ lasowaak di’ qade’talpi so’ wo’e. 1. 947, naqaeda da’ maliaa qoyayetpeke na’ W’oonqate hala, qalaasa maliaa wana yiwatlee so’ nasowaak, m,e yiyamqachiñe da’ neweenataak di’ qadapeena’pi me’ soote qayawa. El silencio judicial frente al horror de Rincón Bomba es la continuación de las balas de 1947; abrir este juicio no es una opción procesal, es un mandato ético y constitucional impostergable con la memoria de los abuelos que ya no están.”
En una resolución que pasará a la historia de la jurisprudencia por su alarmante formalismo y desprecio hacia los derechos humanos, el Juez Federal N° 1 de Formosa, Dr. Pablo Fernando Morán, rechazó de manera fulminante la apertura del “Juicio por la Verdad” por la Masacre de Rincón Bomba ocurrida en octubre de 1947. Con argumentos burocráticos que confunden los carriles más básicos del derecho, el magistrado ha consagrado una inadmisible denegación de justicia que pretende perpetuar la impunidad biológica de uno de los mayores genocidios indígenas del país, a pocos meses de cumplirse el 79° aniversario de la tragedia.
Los graves errores de un fallo insostenible
El juez Morán fundamenta su rechazo argumentando que habilitar un Juicio por la Verdad en sede penal generaría un “escándalo jurídico” debido a la existencia de una causa previa en el fuero civil que hoy se encuentra bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde la Federación Pilagá y su dirección legal denunciamos que este argumento expone errores conceptuales imperdonables para un juez de la Nación:
- Confunde la reparación económica con la verdad histórica: El Dr. Morán equipara una demanda civil —cuyo objeto legítimo es la reparación económica y los daños y perjuicios derivados de la responsabilidad del Estado— con el derecho autónomo, colectivo e imprescriptible de un pueblo a que la justicia penal investigue, califique y declare la verdad de un Genocidio, Etnocidio y Terricidio estatal. La compensación económica de la sede civil jamás podrá sustituir la declaración criminal e histórica que solo la sede penal puede otorgar.
- Contradicción procesal flagrante: El magistrado reconoce en su escrito que los Juicios por la Verdad son herramientas excepcionales diseñadas ante la “imposibilidad de persecución penal efectiva”. Sin embargo, utiliza insólitamente la muerte del imputado Carlos Smachetti para cerrar la vía criminal. Es justamente la muerte de los represores lo que extingue la acción penal ordinaria y obliga al Poder Judicial a abrir el Juicio por la Verdad como vía residual para garantizar el derecho de las víctimas.
- Ignora los precedentes obligatorios de la región: El juez Morán parece desconocer la propia historia judicial del noreste argentino. Apartó deliberadamente el precedente directo de la Masacre de Napalpí (2022), donde la propia justicia federal del NEA llevó adelante un Juicio por la Verdad penal idéntico, dictando una sentencia histórica de reparación no pecuniaria sin necesidad de imputados vivos. ¿Por qué lo que fue justicia para el pueblo Qom y Moqoit es negado hoy al Pueblo Pilagá?
Un juzgado paralizado y cuestionado
Este rechazo no es un hecho aislado, sino el corolario de años de absoluto silencio y parálisis procesal por parte de este juzgado. El expediente penal no registraba movimientos sustanciales desde el año 2022, obligando a esta representación a presentar pedidos de pronto despacho ante la falta de respuestas. El juez Morán tardó años en resolver para, finalmente, sacarse la causa de encima con un grosero formalismo burocrático. Esta alarmante resolución, que pisotea el bloque de constitucionalidad y el derecho internacional, no hace más que sumar antecedentes públicos para fundamentar un pedido de Jury de Enjuiciamiento ante el Consejo de la Magistratura de la Nación por mal desempeño de sus funciones, sumándose a las severas críticas que el magistrado ya acumula en la provincia por fallos cuestionables.
La apelación está en marcha
Los ancianos sobrevivientes murieron esperando; sus hijos y nietos continúan la lucha junto a sus instituciones representativas. No vamos a permitir que el formalismo de un juez sea el último eslabón de la Masacre de 1947. Hemos interpuesto el recurso de apelación ante la Cámara Federal de Resistencia para revertir este atropello judicial.
La reparación económica de una demanda civil no agota ni sustituye el derecho a la memoria colectiva y a la justicia criminal. El silencio del juez Morán frente al horror de Rincón Bomba es la continuación de las balas de 1947.
Exigimos Verdad, Reparación Histórica y un Poder Judicial que esté a la altura de la Constitución y de los Pueblos Originarios, no de la burocracia deshumanizada.
Foto: Paula Mercedes Alvarado Mamani
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