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Comunicado oficial del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta

Rechazo absoluto al proyecto de “Ley de inviolabilidad de la propiedad privada” y alerta por la vulneración de los derechos indígenas

El Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS), en representación de las comunidades y los Pueblos Indígenas que habitan ancestralmente el territorio de la provincia de Salta, manifiesta su firme y absoluto rechazo al proyecto de Ley impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional. Advertimos, con profunda preocupación, que esta iniciativa legislativa atenta de forma directa contra la supervivencia física, cultural y territorial de nuestras comunidades.

El proyecto de ley en debate, bajo una retórica de seguridad jurídica individual y de mercado, ignora de manera deliberada la naturaleza de la propiedad comunitaria indígena. La implementación de mecanismos de “desalojo exprés” y la desregulación para la venta ilimitada de tierras rurales a capitales extranjeros constituyen una amenaza de despojo masivo, profundizando los conflictos territoriales en nuestra provincia.
Denunciamos, con toda la fuerza ancestral, que este proyecto incurre en una flagrante inconstitucionalidad al colisionar y vulnerar el bloque normativo vigente que protege nuestros derechos en tres niveles:

ÁMBITO INTERNACIONAL

El proyecto viola de forma directa el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por la Ley Nacional 24.071. El Convenio desarrolla obligaciones del Estado referidas al derecho de las comunidades indígenas a la propiedad de su tierra, diciendo en el Art. 13: “Los gobiernos deberán respetar la importancia especial que, para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados, reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación.”

En el Art. 14.1 expresa: “Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia.”
El Gobierno argentino incumple, de manera sistemática, la obligación perentoria de realizar la Consulta Previa, Libre e Informada a las comunidades afectadas antes de dictar medidas legislativas. Asimismo, desconoce la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que ampara la relación espiritual y material con nuestros territorios históricos.

En su Art. 26 expresa:
Los Pueblos Indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.
Los Pueblos Indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídica de esas tierras, territorios y recursos.

ÁMBITO NACIONAL

La iniciativa vulnera, de forma flagrante, el Artículo 75, Inciso 17 de la Constitución Nacional, el cual reconoce explícitamente la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas argentinos y garantiza la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan los Pueblos Indígenas.
Dicho artículo, junto al Código Civil y Comercial de la Nación (Artículo 18°), regula en relación a la propiedad comunitaria indígena que “ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos.” Asimismo, ninguna ley de carácter comercial o procesal puede estar por encima de la Ley Suprema de la Nación.

ÁMBITO PROVINCIAL

En nuestra jurisdicción, la Constitución de la Provincia de Salta, en su Artículo 15, reconoce y garantiza los derechos de los Pueblos Indígenas a su identidad y a la propiedad de sus tierras comunales. Salta cuenta con una rica pluralidad cultural que este proyecto pretende avasallar al unificar, de manera forzosa, todo régimen de tierras bajo la lógica del derecho privado individual y extractivista.
Frente a este escenario de desprotección y regresión en materia de derechos humanos, el IPPIS se declara en estado de alerta permanente. Exigimos a los senadores nacionales por la provincia de Salta que, este 6 de agosto, defiendan el mandato constitucional y rechacen de plano este proyecto de ley en el Congreso de la Nación.
No permitiremos que la seguridad jurídica de los negocios inmobiliarios y financieros se construya sobre el destierro y el olvido de los primeros habitantes de este suelo.

¡El territorio no se vende, se defiende! Por la vida, la dignidad y la autonomía de nuestros pueblos. Decimos basta al incumplimiento estatal.

CONSEJO DIRECTIVO INSTITUTO PROVINCIAL DE PUEBLOS INDÍGENAS DE SALTA (IPPIS)

Foto de portada: Roxana Sposaro


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