El INAI dejó sin efecto el reconocimiento territorial de Lof Che Buenuleo
El 16 de septiembre, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) emitió la Resolución 44/2024 que deja sin efecto las resoluciones N° 159/2022, del 18 de agosto de 2022, y N° 151/2023, del 9 de junio de 2023. Estas últimas reconocían la ocupación actual, tradicional y pública de la Comunidad Lof Che Buenuleo, perteneciente al Pueblo Mapuche, con asiento en la provincia de Río Negro, con Personería Jurídica Resolución Nº 116 del 14 de marzo de 2011, registrada bajo el Nº 31, de la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Río Negro y rechazaban los planteos interpuestos por el un privado.
Este nuevo pronunciamiento, que lleva la firma del presidente del INAI Claudio Avruj, representa un retroceso significativo en la atención de las necesidades territoriales de las comunidades indígenas, especialmente en un contexto donde las comunidades mapuche tehuelche enfrentan una avanzada judicial sobre sus derechos y territorios. La resolución instruye a la Dirección de Tierras y Registro Nacional de Comunidades Indígenas, en cuya órbita se encuentra el “Programa Nacional de Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución Ley Nacional N° 26.160”, que debe notificar al privado que se encuentra en disputa con la comunidad, así como a la provincia de Río Negro y a otros organismos provinciales o nacionales que pudieran estar involucrados, antes de tomar cualquier decisión administrativa relacionada. Esto revela la intención de beneficiar a intereses privados por encima de los derechos de las comunidades.
En este sentido, indica que “el dictado de la presente Resolución se encuentra motivado en el respeto de la legalidad y lo resuelto por la más alta judicatura, pero fundamentalmente en pos de otorgar mayor seguridad jurídica y tutelar a la Comunidad Indígena sujeto de derecho, a los fines que en un futuro cuente con una Resolución que dé por finalizado el Relevamiento Técnico, Jurídico y Catastral y reconozca su Ocupación Actual, Tradicional y Pública que no se encuentre constantemente controvertida”. Por ahora es incierto cuándo y cómo se retomará el relevamiento, si es que se concreta lo publicado en el Boletín Oficial.
Entre otros fallos, la resolución se basa en el fallo de la Corte Suprema de Justicia que marcó la nulidad judicial de dos actuaciones de la ex titular INAI, Magdalena Odarda, argumentando la falta de participación de la provincia de Río Negro en el relevamiento enmarcado en la Ley 26.160, que reconoció la propiedad comunitaria de Lof Che Buenuleo.
Esta resolución parece acorde al “clima de época” en la que para el Estado los “asuntos indígenas” se diluyen ante los intereses privados, y el alineamiento entre los procesos judiciales y la toma de decisiones administrativas que afectan a las comunidades indígenas. Estas políticas perjudican cada vez más el despreciado diálogo entre el Estado y las comunidades originarias, que históricamente han luchado por el reconocimiento de la propiedad comunitaria y sus territorios.
La comunidad
En mayo pasado, un Tribunal de Juicio de Bariloche condenó a cinco miembros de la comunidad Buenuleo a 15 meses de prisión en suspenso por el delito de usurpación de tierras. Además, ordenó el desalojo de las 92 hectáreas conocidas como “Pampa de Buenuleo”, aunque esta medida aún no se pudo efectivizar, ya que el fallo fue apelado.
Lof Che Buenuleo se encuentra en la zona de Sierra Ventana, cerca de Bariloche, en la provincia de Río Negro y ocupa el lote Pastoril 127 desde al menos 1825.
En 1910, Antonio Buenuleo recibió la tenencia legal de este territorio por parte del Estado Nacional bajo la Ley del Hogar N° 1501. Además, se le otorgó el título mediante el Decreto 17.793/45 del 07/8/1945.
En las décadas de los 80 y 90, Antonio Buenuleo (nieto) cedió la parte sur del lote pastoril 127. Esta cesión permitió que los obreros que construían y pavimentaban la entonces Ruta 237 (hoy Ruta Nacional 40) se instalaran allí. Como resultado, se creó el Barrio Pilar I, en memoria de su madre, Pilar Curinao. Posteriormente, debido al crecimiento poblacional, los Buenuleo ampliaron el sector cedido, dando origen al Barrio Pilar II.
Con la Ley Nacional N° 24.910 se desafectó la parte del Lote Pastoril 127 de la jurisdicción de la Reserva del Parque Nacional Nahuel Huapi. Como resultado, esta área pasó a formar parte del ejido urbano de la Ciudad de San Carlos de Bariloche.
Antonio Buenuleo nieto, en su calidad de Lonko de la Comunidad, solicitó el Relevamiento Territorial de la Comunidad, y en 2011 obtuvieron la personería jurídica requerida para finalizar los trámites para el reconocimiento legal por parte del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)
Sin embargo, al día siguiente a su muerte, sucedida el 24 de agosto de 2014, Emilio Friedrich decidió ingresar por sus propias vías al lote que habría adquirido por una dudosa Cesión de Derechos realizada por parte de Claudio Thieck, un empresario actualmente conocido por su paso como titular de la Delegación de Río negro CNRT y su candidatura a legislador provincial por el Frente de Todos. Esta transacción de Thieck a Friedrich fue desconocida y denunciada por la comunidad.
En ese momento, la comunidad Buenuleo denunció a Friedrich por usurpación; sin embargo, este reclamo fue desestimado por el sistema judicial que, llamativamente al momento de juzgar a los cinco mapuche, sí tuvo en cuenta las “vías de hecho” por encima de la posesión ancestral.
Foto: Roxana Sposaro
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