Inicio / Noticia / En defensa de los territorios ancestrales y en rechazo a la “ley de extranjerización de tierras”

En defensa de los territorios ancestrales y en rechazo a la “ley de extranjerización de tierras”

Pronunciamiento público:

Desde el Meli Wixal Mapu (las cuatro dimensiones de los tejidos naturales que nos sostiene en los territorios) las Comunidades de los Pueblos Originarias, organizaciones territoriales y defensores de la Madre Naturaleza en la República Argentina manifestamos nuestro absoluto RECHAZO al proyecto de ley de “Inviolabilidad de la Propiedad Privada”. Este proyecto presentado por el Poder Ejecutivo Nacional el 27 de marzo del 2026. La iniciativa, impulsada por Federico Sturzenegger, Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, promueve de forma encubierta la extranjerización irrestricta de las tierras rurales y legaliza el despojo de los territorios con posesión ancestral indígena.

En defensa de nuestras tierras y territorios, espacio geográfico, cultural y espiritual que resguardamos de manera colectiva, por constituir el hábitat integral indispensable para la supervivencia, la identidad y el desarrollo, de las presentes y futuras generaciones. No es solo tierra, es agua, es bosques, es biodiversidad, es el hogar de nuestros antepasados y el futuro de nuestros hijos.

El proyecto se construye exclusivamente sobre la lógica de la propiedad individual y mercantil, profundizando su protección, mientras mantiene en el desamparo y la falta de regulación efectiva
y de seguridad jurídica a la propiedad comunitaria indígena, reconocida expresamente en el Artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.

El propósito del proyecto es priorizar la entrega de tierras al capital inmobiliario, extractivista y extranjero por encima de las leyes de orden público. El texto viola gravemente el andamiaje
constitucional y convencional que ampara y reconoce a los pueblos originarios en Argentina.

NO EXISTE VOLUNTAD POLÍTICA para sancionar la normativa que reglamente e instrumente la propiedad comunitaria indígena, garantizando su titulación, en cambio se avanza con celeridad en fortalecer derechos que históricamente se han usado para despojar a las comunidades de los pueblos indígenas de lo que nos pertenece por origen y por derecho. Pretender someter el territorio ancestral a las reglas del mercado es desconocer nuestra preexisten nuestra autonomías y libre determinación como pueblos originarios, pueblos indígenas.

Sustentamos nuestro rechazo absoluto en los siguientes fundamentos jurídicos vigentes:

Violación Directa al Artículo 75 Inciso 17 de la Constitución Nacional

Preexistencia étnica y cultural: La Ley Fundamental argentina reconoce explícitamente la preexistencia de los pueblos indígenas del país.
Garantía territorial constitucional: La Carta Magna obliga al Congreso a garantizar la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades.
Protección del dominio: La Constitución determina que estas tierras son inembargables, imprescriptibles, inajenables y no pueden ser transferidas como propiedad privada civil. La noción de “inviolabilidad privada” civil jamás puede pasar por encima del estatus especial de las tierras que conforman los territorios comunitarios de los pueblos indígenas.

Ruptura del Control de Convencionalidad y Bloque Constitucional

Convenio 169 de la OIT: Incorporado al derecho interno, establece que el Estado debe reconocer el derecho de propiedad y posesión sobre las tierras que los pueblos ocupan tradicionalmente de forma histórica.
Jurisprudencia vinculante de la Corte IDH: La Corte Interamericana de Derechos Humanos determina qué para las comunidades originarias, la posesión tradicional territorial equivale a un título de pleno dominio. Ninguna reforma de orden civil puede desarticular esta equivalencia de rango internacional.

Eliminación ilegal de Topes Pone en Riesgo los Territorios de las Comunidades Indígenas y Constituye la Entrega de la Soberanía (Derogación Ley 26.737)

Acaparamiento sin límites: El proyecto busca eliminar el tope nacional del 15% y el límite departamental para la propiedad en manos extranjeras que fijaba la Ley de Tierras N° 26.737.
Recursos estratégicos en riesgo: Al remover la prohibición de vender zonas ribereñas, de frontera y con cuerpos de agua permanentes, se vulnera la seguridad hídrica, ambiental y territorial de las comunidades.

Inconstitucionalidad del Mecanismo de “Desalojo Exprés”

Vulneración de la emergencia territorial: La normativa que se intenta votar colisiona de frente con la Ley Nacional N° 26.160, la cual declara la emergencia territorial indígena y suspende la ejecución de desalojos sobre tierras ancestrales ocupadas tradicionalmente.
Mecanismos preventivos agresivos: Facultar a los jueces civiles a dictar la restitución inmediata de un inmueble rural de forma preventiva antes de una sentencia definitiva atenta contra el derecho de defensa de las comunidades y desprotege a los pequeños productores agrarios.

Especulación sobre Áreas Incendiadas (Reforma Ley de Manejo del Fuego)

Negocio del suelo: El proyecto deroga las restricciones temporales que impedían modificar el uso del suelo o vender campos arrasados por incendios. Esto incentiva las quemas intencionales para expulsar a las comunidades y destinar los predios a emprendimientos inmobiliarios intensivos o forestaciones extranjeras. [3, 7]

NUESTRAS EXIGENCIAS A LOS SENADORES Y DIPUTADOS EN EL CONGRESO DE LA NACIÓN SON:

  1. Archivo inmediato y definitivo del proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
  2. Sanción de la Instrumentación de la Ley de Propiedad Comunitaria Indígena, una deuda parlamentaria estructural para instrumentar definitivamente los catastros y títulos comunitarios en todo el país.
  3. Cumplimiento estricto del relevamiento territorial técnico, jurídico y catastral ordenado por la Ley 26.160 a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
  4. Respeto a la Consulta Previa, Libre e Informada debe darse la garantía de la participación de buena fe ante cualquier modificación de leyes que impacte sobre nuestros recursos naturales y territorios comunes.

¡Nuestra tierra no es una mercancía de libre mercado, es nuestra identidad!
Territorio, Libre Determinación para los Pueblos Originarios.

Comunidades y Autoridades Originarias

Pu Lof Kuru Leufv- Comunidades Mapuche en Río Negro:

Lof Kintul Folil: Lonko Doris M. Cañumil
Lof Fvta Anekon: Lonko Ignacio F. Prafil
Lof Huenchupan: Werken Ruth. M. Huenchupan
Lof Nahuelñir: Werken Isabel Nahuelñir
Lof Monguel Mamuell: Edgardo Victor Curaqueo
Lof Ñanculeufu: Inan Longco Noelia Ñancileo
Lof Nehuen Aituwe: Lonko Sonia Marín
Lof Malal Cura meseta Sumun Cura: Blanca Cayunao
Lof Antual Albornoz: Lonko María Antual
Lof Newenche: Justo Poso
Lof Painefil: Margarita Painefil
Lof WiriTray: Pu Werken Patricia Montenegro. Elizabet Inalef, Raul Rauque Referente Hijo del Lonko José Colueque: Nolberto Colueque
Lofche Kona Niyeo: Lonko: Walter Cañumil Sayhueque
Lof Lonconao Ñanculeo Diumacan: Werken: Manuel Barrio-Las Aguada
Lofche Antenao Tranquila Blanca: Werken: Nancy Antenao- S.A.O
Lof Coña Huechufil: Lonko Héctor Coña
Lof Newen Kurruf: Werken: Gonzalo Gerez. Catriel R.N
Lof Luam Mapu: Longko: Mateo Ocampos. Catriel R,N
Lof Kelug Leufuche: Longko: Gustavo Vilo Currimil. Catriel R.N
Lof Mila mapu: Werken: Guilermina Guentemi. Catriel R.N
Lof Newen Mapu: Longko: Rosa Quintana. Catriel R.N

Pu Lof zonal Lafkenche- Neuquén:

Lof Paicil Antriao: Lonko Damián Olivera- Werken Lorenzo Loncon
Lof Melo: Lonko Lucas Melo- Inan Lonko Noelia
Huenumi- Werken Julieta Melo
Lof Kintupuray: Lonko Gustavo Quintupuray
Lof Kinxikew: Mañke Quintriqueo

Pu Lofche de la Provincia de la Pampa:

Lof Choyque Newen: Laura Cuevas- Lorena Guaiquian Inan Lonko
Lof Julio Calderón: Eloisa Calderón
Lof Mapuche Ñancufil: Jorge AIECH- Werken

Contactos:
Ignacio F. Prafil- Lonko Lof Fvta Anekon (2944-660400) Lorenzo Loncon Werken Lof Paicil Antriao Werken (299-473-1813) Laura Cuevas Lonko Lof Choyque Newen (2954-375588) Blanca Cayunao Lof Malal Cura Meseta
Sumun Cura (2920-692448) blancacayunao2019@gmail.com Roberto Velez Lof WiriTray (2944-602232) chinookvelez@gmail.com Ruth Huenchupan Lof Huenchupan Werken (2944-655044) Nora Trinidad Aravena Lof Monguel Mamuel (2920-415837) Lucas Melo-Lonko Lof Melo (2944-531689) Mañke Quintriqueo Lonko- Lof Kinxikew (2944-909317)

Foto: Roxana Sposaro

Todos los derechos reservados. Se permite la reproducción, distribución y comunicación pública de este contenido únicamente cuando se cite a infoterritorial como fuente original e incluya un enlace directo al contenido.

Etiquetado:

Deje un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *