Histórico: Primer juicio por Jurados Indígenas en Argentina

En un hecho trascendental, en la provincia de Chaco se desarrolló el primer juicio por jurados indígenas, destacando la participación activa y respetuosa de los pueblos indígenas Qom y Wichi. 

La causa surgió a partir de un homicidio que involucró, tanto a víctima como acusados, a miembros del Pueblo Qom.

En este marco, el jurado, compuesto por ocho varones y cuatro mujeres Qom, así como dos varones y dos mujeres Wichí, fue acompañado por un equipo de traductores e intérpretes en lenguas Qom y Wichi del Poder Judicial. Esta acción facilitó la comprensión y participación plena de los miembros de las comunidades indígenas en el proceso judicial.

Un aspecto destacado de este juicio fue la recusación de potenciales jurados no indígenas, en un gesto que busca garantizar la representatividad y la imparcialidad en el proceso judicial. Esta decisión se basó en la necesidad de proseguir y concluir el proceso de consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas para la implementación del juicio por jurado indígena.

El jurado luego de escuchar a los testigos y a los peritos que declararon en la causa encontraron a Jorge Ángel Díaz como autor de homicidio simple y Matías Custodio Gabriel Aranda como cómplice primario por la muerte de Bruno Gabriel Quiroga.

La abogada querellante Carolina Aquino, en comunicación con infoterritorial señaló que del juicio se queda con lo que le dijo la madre de Quiroga antes de la última audiencia: “la mamá de Bruno me dijo que anoche fue la primera vez después de del homicidio de Bruno que pudo dormir un poco mejor”

En este sentido, indicó: “Creo firmemente que los pueblos indígenas reclaman una participación y ejercicio activos en la administración de justicia que reflejen su cosmovisión en la toma de decisiones.”

En las audiencias además participaron el Juez de Cámara Raúl Rach; el Fiscal, Carlos Fabricio Calvo y los Defensores Iván Lozina y Gustavo Kleisinger, con asistencia de la Oficina Judicial de Juicio por Jurados a cargo del Dr. Alejandro Darío Pellizzari y la Coordinadora Integral de Actividades Judiciales con los Pueblos Indígenas del Poder Judicial del Chaco, Elizabet González. 

Aquino informó que la audiencia de cesura para concluir con el proceso será el próximo 30 de abril. El Juez Técnico deberá fijar la pena, que puede ser de 8 a 25 años de prisión. Con esto finalizaría el proceso.

Los jurados indígenas

En 2021, la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco modificó la Ley Nro. 2364-B, anteriormente conocida como Ley 7661, que establece el Juicio Penal por Jurados con disposiciones específicas para casos que involucran a comunidades indígenas.

La modificación del Artículo 4° de la ley introdujo una innovación significativa al especificar la integración del jurado en casos que involucran a los pueblos indígenas Qom, Wichi o Mocoví. Cuando el acusado o la víctima pertenecen a una de estas comunidades, al menos la mitad de los jurados, tanto titulares como suplentes, deben provenir de la misma comunidad étnica. En situaciones donde tanto el acusado como la víctima son del mismo pueblo indígena, el panel de jurados debe estar compuesto en su totalidad por miembros de esa comunidad.

Esta disposición reconoce la importancia de la cultura y la identidad en el proceso judicial, asegurando que las decisiones sean tomadas por personas que comprenden y comparten la perspectiva cultural de las partes involucradas. Además, promueve la participación activa de las comunidades indígenas en la administración de justicia, fortaleciendo así la confianza en el sistema legal.

📷 Poder Judicial de laProvincia de Chaco

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