Traspasan el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas al Ministerio de Interior

El 26 de febrero pasado se publicó en el Boletín Oficial la modificación del ámbito jurisdiccional del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y la conformación de su Consejo de Coordinación y de su Consejo Asesor. Desde el canal de noticias TN no tardaron en anunciar el “cierre del organismo”. La falsa noticia rápidamente fue replicada en diferentes medios y redes sociales. 

Cabe destacar que, el INAI es un organismo creado a través de una Ley y solamente podría ser disuelto a través de otra Ley aprobada por el Congreso de la Nación. Ni siquiera un Decreto de Necesidad de Urgencia emitido por el Poder Ejecutivo podría deshacer lo que ha creado una ley discutida parlamentariamente.

Ante esto, la Confederación Mapuche de Neuquén emitió un comunicado en el que hicieron público el rechazo a la supuesta noticia calificándola de ser difundida con clara malicia y “con intención de instalar un tema estigmatizado y manipulado hasta el cansancio por este medio sobre los pueblos indígenas como el “enemigo interno” a eliminar.”  También denunciaron que esta acción evidencia la intención de avanzar hacia el vaciamiento logístico, presupuestario y político del Instituto, creado como instrumento de ejecución de la Ley nacional 23.302 aprobada en 1985.

A su vez, criticaron la gestión anterior del gobierno de Alberto Fernández, acusándolo de iniciar el declive del INAI al expulsar a Magdalena Odarda, quien había intervenido en conflictos territoriales de los pueblos indígenas con los gobiernos provinciales. “Bastaron tapas de Clarín o Infobae en defensa de la propiedad privada para que el gobierno nacional apartara a Odarda y comenzara el declive de un Instituto cada vez más inoperante y más debilitado“, expresaron.

La Confederación denunció que el traslado del INAI al Ministerio del Interior completaría este vaciamiento, ya que “este Ministerio quien usará los derechos adeudados a 40 pueblos indígenas y más de 2500 comunidades como moneda de cambio en cada negociación con los gobiernos provinciales”. En este sentido, apelaron a la capacidad organizativa y coordinación entre las 40 Naciones Indígenas para enfrentar este nuevo desafío, denunciando una democracia “incompleta, débil, dependiente de los poderes concentrados y las corporaciones”.también

Por su parte, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en el INAI hizo pública la respuesta a las informaciones difundidas sobre el supuesto cierre del organismo, desmintiendo categóricamente dicha afirmación. Estas publicaciones fueron interpretadas como estigmatizantes hacia los trabajadores y las políticas públicas que el INAI lleva adelante.

Desde la delegación ATE-INAI señalaron que no van a dejarse llevar por operaciones mediáticas cuyas intenciones son conocidas y reafirmaron su compromiso con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y con el mantenimiento de las políticas públicas que promuevan su bienestar y desarrollo.

Los trabajadores, además, anunciaron que desde el Ministerio del Interior confirmaron que la próxima semana se harán presentes en las instalaciones del instituto las nuevas autoridades designadas para dar continuidad a las labores.

La modificación de la Ley 23.302

El Decreto N° 195/2024 publicado el 26/2/2024 en el Boletín Oficial expresa:: “resulta necesario modificar el ámbito jurisdiccional de actuación del INSTITUTO DE ASUNTOS INDÍGENAS, creado por la Ley N° 23.302, como así también la conformación de su Consejo de Coordinación y de su Consejo Asesor.”

ARTÍCULO 5º .- Créase el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como entidad descentralizada con  participación indígena, que dependerá en forma directa del MINISTERIO DEL INTERIOR. El Poder Ejecutivo NACIONAL designará a su titular y contará con un Consejo de Coordinación y un Consejo Asesor.

I – El Consejo de Coordinación estará integrado por:

a) UN (1) representante del MINISTERIO DEL INTERIOR;

b) UN (1) representante del MINISTERIO DE ECONOMÍA;

c) UN (1) representante del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO;

d) UN (1) representante del MINISTERIO DE JUSTICIA;

e) Representantes elegidos por las comunidades aborígenes cuyo número, requisitos y procedimiento electivo determinará la reglamentación;

f) UN (1) representante por cada una de las provincias que adhieran a la presente ley.

II – El Consejo Asesor estará integrado por:

a) UN (1) representante del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES);

b) UN (1) representante del MINISTERIO DE ECONOMÍA;

c) UN (1) representante del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA;

d) UN (1) representante de la SECRETARÍA DE CULTO del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO;

e) UN (1) representante de la COMISIÓN NACIONAL DE FRONTERAS”

📷 Carolina Heritier

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