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Piden la destitución de la jueza que ordenó el desalojo en Las Pailas

Los referentes de la Comunidad Diaguita Kallchaki presentaron un pedido de juicio político contra la magistrada salteña tras el operativo ilegal que expulsó a 17 familias de un territorio diez veces mayor al dispuesto en la sentencia original.

Integrantes de la Comunidad Diaguita Kallchaki Las Pailas presentaron un pedido de juicio político contra la jueza en lo Civil y Comercial de Quinta Nominación, María Fernanda Diez Barrantes. Los referentes indígenas Ulises Yanes y Héctor Fabián impulsaron la presentación, bajo el patrocinio legal de los abogados Martín Plaza Schaefer y Verónica Huber, ante el Jurado de Enjuiciamiento Provincial. En comunicación con infoterritorial, Plaza confirmó el inicio de este proceso judicial e indicó: “Presentamos un jury contra la jueza Díez Barrantes, principalmente por las causales de falta grave y mal desempeño, de acuerdo a lo que establece el artículo 160 de la Constitución Provincial y el artículo 9 de la ley 7138, que es la ley que establece el proceso de jurado de enjuiciamiento a magistrados de la provincia de Salta”.

La presentación judicial cuestiona la legitimidad del procedimiento que afectó directamente a los pobladores originarios en el departamento Cachi. Al respecto, el abogado detalló que la denuncia “versa específicamente vinculada a lo que fue el proceso de desalojo ilegal que padeció la comunidad entre el día 12 y 14 de junio, que como ya se dijo en distintas oportunidades, existía una sentencia, una condena, para desalojar cuatro hectáreas y a un comunero, Agustín Mamaní, y sin embargo en el operativo se terminó desalojando casi 40 hectáreas afectando a más de 17 familias”.

El abogado Plaza puntualizó el error del juzgado al redactar la orden: “Concretamente se formuló esta denuncia justamente por firmar un oficio judicial donde se ordenaba el desalojo y donde se omite textualmente la delimitación de la fracción de cuatro hectáreas de una matrícula de mayor extensión, tal como decía la sentencia que se buscaba operativizar. Por otro lado por una ratificación verbal que hubo de este error material en el oficio durante todo el proceso del desalojo”. Esta omisión de límites territoriales específicos provocó el despojo de un área diez veces mayor a la dispuesta originalmente.

Además del desfase territorial, el operativo sumó irregularidades regulatorias y desatendió mandatos previos de protección comunitaria. La Cámara de Apelaciones impuso en 2013 la condición estricta de comprobar si las tierras formaban parte de territorio indígena relevado antes de proceder a cualquier lanzamiento, pero la magistrada omitió dicha verificación a pesar de los informes que localizaban las viviendas en la zona comunitaria. El doctor Plaza también cuestionó con dureza las condiciones logísticas del desalojo y la total desprotección de los menores de edad y personas vulnerables en el predio: “El desalojo se debería haber realizado en horario de funcionamiento de tribunales y sin embargo se estuvo desalojando tanto viernes por la tarde como sábado y domingo. Y por último, pero no menor, durante todo el proceso de desalojo se omitió la intervención de la Asesoría de incapaces del Ministerio Público Pupilar, habiendo más de 18 menores afectados en el mismo parte de estas 17 familias que se nombró inicialmente”.

Durante el desmedido despliegue en el territorio, que movilizó cientos efectivos policiales junto al juez de Paz ejecutor, Rafael Mamaní, la abogada defensora ingresó un escrito digital advirtiendo sobre la ilegalidad de la medida. Frente a las inconsistencias limítrofes in situ, el juez de Paz realizó una consulta telefónica a Diez Barrantes, quien ratificó verbalmente la continuidad del lanzamiento sobre la totalidad de la matrícula. A raíz de esta orden, las fuerzas de seguridad expulsaron a 60 personas de sus hogares y generaron graves daños en los cultivos y áreas de pastoreo.

Posteriormente, la ejecución del despojo desató fuertes contradicciones cruzadas dentro del Poder Judicial salteño. El juez de Paz dejó constancia bajo juramento de haber acatado estrictamente el texto del oficio emitido y de haber mantenido comunicación constante con el juzgado de Quinta Nominación. En un sentido opuesto, Diez Barrantes negó la recepción de consultas previas y denunció penalmente al juez de Paz por supuesta falsedad ideológica, sosteniendo que la única comunicación ocurrió al concluir las actuaciones. Los denunciantes consideran que este enfrentamiento rompe la fe pública del proceso, puesto que la jueza desmiente al funcionario ejecutor para deslindar su responsabilidad, pero al mismo tiempo valida sus informes oficiales para justificar la supuesta ausencia de personas vulnerables durante las jornadas de desalojo.

Ante la gravedad de los hechos denunciados y las consecuencias del operativo, los representantes legales exigen una sanción ejemplar para la magistrada. El abogado Plaza concluyó marcando la meta principal de la presentación efectuada ante el tribunal salteño: “Esto se presenta justamente por las causales de mal desempeño y falta grave, se busca la destitución de la jueza y la suspensión provisoria hasta tanto tome cartas en el asunto el jurado de enjuiciamiento, que es quien debe resolver”.

La presentación judicial sostiene finalmente que la posterior orden de restitución urgente dictada por la propia magistrada para las familias afectadas fuera de las cuatro hectáreas originales representa un reconocimiento formal del daño causado. Los referentes de la comunidad Diaguita Kallchaki concluyeron que este intento de enmienda tardía no borra la falta grave, al considerar inadmisible que una jueza ordene un lanzamiento masivo de personas sin revisar exhaustivamente las actuaciones del expediente y vulnere de forma directa los derechos fundamentales de las comunidades indígenas.

Foto de portada: Mesa de Derechos Indígenas


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