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Territorio ancestral Mbya en resistencia

Escribe: Clarisa Néztor de Rebelión o Extinción Misiones

Fotos: Tekoa Puente Quemado II

Una nueva ofensiva judicial mantiene bajo amenaza a la comunidad Mbya Guaraní Puente Quemado II, ubicada en el paraje Cañafístola, en Garuhapé, Misiones. La orden fue dictada por Roberto Antonio Sena, juez del Juzgado de Instrucción N.º 2 de Jardín América, a pedido del empresario forestal Alfredo Ruff, quien reclama la restitución de las tierras mediante una medida cautelar por presunta usurpación.

La resolución ordena desalojar a la comunidad de los lotes reclamados, autoriza el ingreso de la fuerza pública para ejecutar el procedimiento y dispone la intervención de organismos estatales para concretarlo. Aunque el propio fallo reconoce que la medida cautelar no resuelve el conflicto de fondo sobre los derechos territoriales de la comunidad, sus efectos son inmediatos: habilita la expulsión de las familias antes de que exista una decisión definitiva sobre un territorio ancestral.

El operativo previsto para el 17 de julio fue suspendido de manera provisoria gracias a un amparo presentado por los abogados del Equipo Misionero de Pastoral Aborigen (EMIPA). Sin embargo, la orden judicial continúa vigente. La comunidad permanece en estado de alerta y profunda preocupación porque el amparo únicamente detuvo momentáneamente el procedimiento y no garantiza que el desalojo no vuelva a intentarse.
Hace apenas dos meses, durante el mismo conflicto, efectivos policiales ingresaron al territorio y detuvieron al mburuvicha de la comunidad junto a otras veinte personas, entre ellas mujeres, niñas y niños. Horas después recuperaron su libertad gracias a la movilización de organizaciones indígenas, ambientales y de derechos humanos. Ese antecedente explica por qué hoy las familias permanecen organizadas y viven con la incertidumbre de que un nuevo operativo policial vuelva a ingresar a la tekoá.

La presión para concretar el desalojo continuó incluso después de la suspensión del operativo. En una presentación judicial, el abogado de Alfredo Ruff cuestionó que la Policía de Misiones no hubiera ejecutado la orden de inmediato, pidió que se intimara a la fuerza provincial a cumplirla sin demoras y solicitó que, en caso de persistir esa situación, se requiriera el auxilio de la Gendarmería Nacional para garantizar el desalojo. En el mismo escrito sostuvo que integrantes de otras comunidades Mbya estaban llegando a Puente Quemado II para acompañar a las familias, utilizando esa solidaridad como argumento para reclamar una ejecución urgente del procedimiento.

Mientras la querella presenta el acompañamiento de otras comunidades como un problema, para el pueblo Mbya representa una expresión de unidad frente a un nuevo intento de despojo territorial. Por su parte, el poder judicial actúa con una celeridad inusitada al momento de criminalizar los reclamos indígenas.

Una comunidad con derechos preexistentes

El territorio que hoy se pretende desalojar fue relevado por el Estado nacional en el marco de la Ley 26.160, que suspendió los desalojos de comunidades indígenas y ordenó realizar el relevamiento técnico, jurídico y catastral de las tierras ocupadas tradicionalmente. Como resultado de ese proceso, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) reconoció la ocupación actual, tradicional y pública de la comunidad mediante la Resolución N.º 514/2015, que comprende las parcelas donde hoy se intenta ejecutar el desalojo.
Ese reconocimiento se encuentra respaldado además por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos y garantiza la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan. A ello se suma el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que obliga al Estado argentino a proteger esos territorios y garantizar la consulta previa, libre e informada ante cualquier medida que pueda afectar sus derechos colectivos.
A pesar de ese marco jurídico, la comunidad vuelve a enfrentar una orden de desalojo que prioriza el título registral invocado por un particular por encima del reconocimiento de la ocupación tradicional realizado por el propio Estado.

Tekoa Puente Quemado II
Juez Roberto Antonio Sena

El avance del modelo forestal

La disputa por Puente Quemado II forma parte del proceso de expansión del modelo forestal sobre los territorios indígenas en Misiones. El conflicto no comenzó con la denuncia presentada por Alfredo Ruff ni terminará con una resolución judicial. Detrás del expediente existe una provincia donde el monocultivo industrial de pinos avanzó durante décadas sobre la Selva Paranaense, concentró la tierra y redujo de manera constante el territorio disponible para las comunidades Mbya.

Durante las últimas décadas, el monte nativo fue reemplazado por extensas plantaciones destinadas a abastecer la industria de la celulosa. Ese proceso estuvo acompañado por subsidios públicos, beneficios fiscales y políticas que favorecieron la concentración de grandes extensiones de tierra en pocas manos, consolidando un modelo económico basado en la extracción intensiva de bienes naturales y la expansión permanente de la frontera forestal.

En ese escenario, Arauco se consolidó como la principal empresa forestal de Misiones, concentrando cientos de miles de hectáreas destinadas al monocultivo. La expansión de ese modelo transformó profundamente el territorio, fragmentó el monte nativo y aumentó la presión sobre las comunidades indígenas que aún conservan espacios de selva.

La denuncia impulsada por el empresario forestal Alfredo Ruff se inscribe dentro de esa misma dinámica territorial. Mientras las comunidades Mbya sostienen la defensa del monte nativo, del agua y de la biodiversidad, los intereses forestales continúan avanzando sobre tierras cada vez más escasas. Cada intento de desalojo debilita la permanencia de las comunidades en sus territorios ancestrales y facilita la continuidad de un modelo extractivo que concentra la tierra, profundiza la pérdida de biodiversidad y acelera la degradación de uno de los ecosistemas más amenazados del país.

Una ley que profundiza el despojo

Mientras Puente Quemado II enfrenta esta orden judicial, el Congreso Nacional debate el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa que podría profundizar conflictos como el que hoy atraviesa la comunidad.

El proyecto incorpora mecanismos de restitución anticipada mediante medidas cautelares, fortaleciendo la propiedad privada registral por encima de la propiedad comunitaria indígena reconocida por la Constitución Nacional y los tratados internacionales. En los hechos, facilitaría desalojos exprés contra comunidades que aún esperan la regularización definitiva de sus territorios.
La iniciativa también elimina restricciones para la compra de tierras rurales por capitales extranjeros, favoreciendo una mayor concentración territorial y consolidando un marco jurídico funcional a los grandes intereses extractivos.

Todo ello avanza sin haber garantizado el derecho a la consulta previa, libre e informada establecido por el Convenio 169 de la OIT, desconociendo la participación de los pueblos indígenas en decisiones que afectan directamente sus territorios.

Hoy, en Puente Quemado II, el conflicto continúa abierto. El amparo presentado por EMIPA evitó por ahora el ingreso de la Policía, pero la orden de desalojo sigue vigente. La comunidad permanece organizada, acompañada por otras tekoá y por organizaciones sociales, mientras espera una resolución que respete los derechos territoriales reconocidos por la Constitución y detenga un nuevo avance del extractivismo forestal sobre el pueblo Mbya.

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