Manipulación y tergiversación: los maputruchos en Mendoza

Escribe: Silvina Ramírez

En un contexto inequívocamente desfavorable para los pueblos indígenas y sus derechos, se vuelve “natural” cuestionar identidades, tildarlos de incendiarios, culparlos de usurpaciones, robos, hasta de estigmatizarlos –sin matices- como terroristas y enemigos del Estado y de la sociedad en general. Todas estas falsas ideas van encontrando un territorio fértil donde arraigar, cuando permanentemente, desde la clase dirigente y desde los medios de comunicación, se va repitiendo hasta el hartazgo que los pueblos indígenas –y especialmente al pueblo mapuche- son la causa de gran parte de los males que nos aquejan.

En Mendoza, el relevamiento territorial a tres comunidades en San Rafael y Malargüe en la anterior gestión de gobierno –relevamiento previsto por ley desde 2006, que fue derogada, por decreto, en la actual gestión- cuyo producto es una carpeta técnica que sólo constata el territorio reivindicado por las comunidades indígenas, con respaldo de diferentes profesionales y disciplinas –abogadxs, antropólogxs, geógrafxs, trabajadores sociales, etc.-  y que tuvo como un objetivo principal morigerar una conflictividad territorial cada vez más violenta, dio lugar a un debate planteado, desde el inicio, en los peores términos. De ninguna manera el relevamiento técnico jurídico catastral –un acto administrativo- cede derechos, ni otorga el título de las tierras, ni transfiere la propiedad a las comunidades indígenas, ni “las entrega”. Diferentes medios de comunicación no dudaron en titularlo de esta manera, vinculando cesión de derechos con “maputruchos”. Esto no se debe a la impericia de aquel que redactó las notas, por el contrario, es una construcción intencional que tiene por finalidad profundizar el escenario político profundamente adverso para las comunidades indígenas.

El INAI resolvió favorablemente, días pasados, un recurso administrativo de reconsideración, interpuesto por la provincia de Mendoza, que cuestionaba ese relevamiento. Son tres comunidades mapuche las afectadas. La comunidad Limay Kurref, la comunidad Suyai Leufu y la comunidad El Sosneado. En los considerandos de las resoluciones del INAI se destaca la falta de participación de la provincia y de los municipios, cuando vale la pena remarcar que en el texto de la ley no estaba previsto que esta suerte de mensura se realizara dando participación a todas las partes. Un decreto del ejecutivo, el 805/21, que prorrogó en su momento la ley de emergencia, ordena dar intervención al Estado provincial, al Estado municipal y a la Administración de Parques Nacionales, llegado el caso (art. 3), revirtiendo el contenido original.

El INAI, ya en la actual gestión de gobierno, con un nuevo presidente, dispuso la reapertura administrativa del expediente. En las últimas resoluciones conocidas el 5 de febrero, y sólo argumentando con base en razones de competencia y de autonomías provinciales, se decide hacer lugar a la queja provincial, y dejar sin efecto el mencionado relevamiento territorial. Así, expresa en las tres resoluciones mencionadas: Que, en el marco de las competencias concurrentes preceptuadas en la Constitución Nacional, resulta indispensable la articulación, coordinación y respeto a las autonomías provinciales, sin las cuales se torna de imposible cumplimiento la construcción y garantía de derechos.        

Nada se dice acerca de los derechos indígenas, y de la identidad de las comunidades involucradas. Sólo se hace lugar al recurso provincial porque se violó un decreto del ejecutivo, paradójicamente surgido en la anterior gestión de gobierno que se repudia.

Lo que vale la pena destacar o sobre lo que debe llamarse la atención es la forma de manipulación de esta información –algo que no sorprende en estos tiempos de noticias falsas- y la insistencia en remarcar que los mapuche no lo son –aprovecho para recordar que la legislatura de la provincia, en su momento e impulsado por estos relevamientos, declararon que en Mendoza nunca existieron comunidades mapuche- y que se habrían entregado tierras, cuando lo real es que el INAI nunca, en todos estos años de vigencia de la ley, ha cedido las tierras, simplemente lleva adelante un acto administrativo, que a estas alturas ha demostrado ser claramente insuficiente, para intentar dar respuestas parciales a los graves conflictos territoriales que atraviesan todo el país.

Los funcionarios del Estado invocan la propiedad privada, la seguridad jurídica y la autonomía provincial y celebran la decisión del presidente del INAI por respetar, precisamente, esos principios fundamentales. Otra vez, nada dicen de la vigencia de los derechos indígenas, de la existencia de un marco normativo internacional y local que los contemplan, del sufrimiento histórico e infinito de las comunidades que ven frustrados, después de muchas décadas de espera, sus intentos de lograr por la vía legal el respeto de sus derechos. Nada se dice de que la seguridad jurídica no es sólo para empresarios o terratenientes, que es preciso plasmar alguna vez en la realidad los derechos indígenas que existen hace décadas y que se vulneran recurrentemente.

La tergiversación de la información, la distorsión de los hechos, los cuestionamientos a las identidades, no sólo confunden, sino que dan pie a profundizar escenarios de rechazo que, muchas veces, terminan en otros actos violentos. El desconocimiento y la violación de derechos, de por sí, ya es ejercicio de violencia. A ello, se le suman la persecución y criminalización, y en los últimos tiempos una difusión increíble de discursos de odio, cuyo impacto final es imprevisible, aunque sí lo es el efecto en una situación ya grave por la que atraviesan las comunidades indígenas tanto en Mendoza como en el resto del país.

Sin lugar a dudas es posible discutir sobre el federalismo, sobre las autonomías provinciales, sobre cuáles son los alcances de un reordenamiento territorial cada vez más urgente, e incluso sobre cómo debe implementarse un proceso de titulación que debe honrar la propiedad comunitaria indígena, derecho de raigambre constitucional. Lo que no es posible es seguir discutiendo sobre la verdad o falsedad de la identidad indígena, sobre la fuerza normativa de sus derechos y hasta sobre la misma existencia de las comunidades indígenas. Cualquier retroceso en ese sentido conspira contra la vigencia del sistema democrático.   



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