Nahuelpan: El despojo sin fin

El día 6 de noviembre se dio inicio, en Esquel, un juicio contra cinco integrantes de la histórica comunidad Nahuelpan, donde se los acusa de usurpación de parte del territorio que la comunidad reivindica por ser ancestral. Esta causa, que está enmarcada por el Ministerio Público Fiscal y por los medios de comunicación locales como un simple conflicto de tierras, lejos de ser un conflicto entre particulares, es parte del largo proceso de despojo que la comunidad padece desde hace casi cien años. Con el agravante que autoridades ancestrales del Pueblo Mapuche Tehuelche –como es el caso del lonko Ángel Quilaqueo, quien levanta hace años el camaruco más importante del noroeste de la provincia de Chubut, entre otros – están siendo juzgados como “usurpadores”. (1)

El idioma de unos pocos

“Acá es igual que en la lof, hay normas como en la lof y hasta que no se retire el juez no se puede levantar nadie. Así, un agente policial le explicaba a un miembro de la comunidad Nahuelpan cómo son los protocolos durante las audiencias en las que están siendo juzgados. Esta afirmación, hecha con toda naturalidad, deja en evidencia que existe, de hecho, un reconocimiento de las formas de organización política y social mapuche, aunque algunos prefieren negarlas.

Minutos antes, Hugo Quilaqueo intentaba presentarse en su lengua originaria, el mapudungun: “Mari mari compuche, inche ta Quilaqueo Hugo pinguen, Boquete Nahuelpan mew, ñi chao  lonko Ángel Quilaqueo, ni ñuke Catalina Llancaqueo”. El Juez Jorge Novarino, visiblemente molesto, lo interrumpió: “Discúlpeme señor Quilaqueo, yo entiendo sus manifestaciones, no entiendo el contenido de sus manifestaciones, pero el contenido de las audiencias debe ser hecho en el idioma nacional y yo entiendo que usted lo conoce”. A lo que Hugo le responde con respeto: “Es mi idioma y yo no lo voy a negar. Yo estoy saludando a mi gente y ahora le voy a explicar lo que estoy diciendo (…) usted me pidió que me presente”. Hugo habla con voz baja, pero no se calla. La molestia del juez se hace más evidente cuando le dice: “Sí o sí, el que dirige las audiencias soy yo” remarcando su autoridad en la sala de audiencia y generando cierta tensión. Siguen hablando, uno encima del otro.

La doctora Sonia Ivanoff, abogada de la comunidad, interviene explicando al juez los protocolos de presentación propios de este Pueblo: “En la práctica del Pueblo Mapuche, la presentación se llama pentukün (…) No es una falta de respeto, simplemente es una tradición mapuche. Así, cómo nos preguntan a nosotros cómo nos identificamos, con un número de documento nacional de identidad, para el pueblo mapuche y reafirmando su cultura, hacen el pentukün. Él, adelantó el orden, lo dijo en su idioma y lo iba a transmitir a su señoría en español o en castellano.” A lo que el magistrado corrige enfáticamente: En el idioma nacional que está establecido”.

Abogada defensora, Sonia Ivanoff e imputados

Vestigios del despojo 

El Lonko (autoridad ancestral) Angel Quilaqueo, de 78 años, sus tres hijos y su yerno, desconocen las formalidades y vericuetos del Poder Judicial, pero mucho saben del despojo y el racismo que históricamente atravesó a su Pueblo. El desalojo de Boquete Nahuelpan en 1937 no sólo está presente en la memoria. Una de las testigos, solicitada por la fiscalía, fue Maria Elena Paggi. La empresaria mediática heredó un lote de 2.500 hectáreas pertenecientes a la “Reserva Nahuelpan”, que su abuelo obtuvo del territorio despojado hace 85 años. Actualmente, mantiene un conflicto territorial con la comunidad Nahuelpan por un camino ancestral. Paggi, en junio de este año, recibió un llamado de atención por parte de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, la que señaló a su programa de radio por las referencias despectivas que propician la estigmatización y segregación de la comunidad Nahuelpan y el desprecio por el Pueblo mapuche. A pesar de la advertencia, en este juicio se refirió, en varias ocasiones, a los integrantes de la comunidad como  “Esta gente”, señalándolos con ademanes despectivos. Ivanoff solicitó al juez un trato respetuoso a las personas y el respeto también a su dignidad como Pueblos.

El Juez, ante este pedido, respondió: “Yo también he recibido bastante maltrato”, sin decir a qué hecho en particular se refería, aunque aclaró que lo iba a dejar pasar. Días antes de comenzar el juicio, el magistrado fue recusado por la Dra. Ivanoff, quien lo señaló como parcial, basándose en el fallo mediante el cual éste juez ordenó el desalojo de la comunidad Sakamata Liempichun en el año 2018, sin tener en cuenta la vigencia de la ley 26.160 que suspende los desalojos.

En la última jornada de la etapa de producción de pruebas, dió testimonio el Lonko de la Lof Pillan Mahuiza, Mauro Millán. La autoridad del Pueblo Mapuche se presentó reivindicando el derecho a hablar su idioma: “Esto que voy a hacer es un pentukün, literalmente es quién soy yo. Lo hicieron mi padre, mi madre, mi abuela, mis abuelos, mis tatarabuelos, todos ellos”, señaló antes de comenzar. Al finalizar la presentación de Millán, el juez se excusó: “No me avisaron previamente de esta situación, en referencia al hecho sucedido con Hugo Quilaqueo.

En una zona donde gran parte de la población es originaria mapuche tehuelche, cómo puede ser que un magistrado que ya ha presidido juicios que involucran a estos pueblos, parezca desconocer el Artículo 33 del Código Procesal Penal de Chubut sobre diversidad cultural que dice: Cuando se tratare de hechos cometidos por miembros de un pueblo originario, se aplicará en forma directa el artículo 9.2 del Convenio Número 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)” que sostiene: “Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia”.

Apoyo a la comunidad en la puerta del Juzgado Provincial

Decisiones políticas

El Lonko Mauro Millán señaló al IAC (Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural de la provincia de Chubut) por su actuación en desmedro de los derechos indígenas. A su vez, mencionó la ley que establece la Integración de la Comisión de Tierras Indígenas que “nunca se materializó”, dejando en claro que “el Estado no genera las condiciones ni cumple con las normas para que esto se dirima en otro ámbito”.

Los testigos, habitantes y ocupantes históricos de Boquete Nahuelpan, enfatizaron sobre las formas de vincularse con el territorio propias del Pueblo Mapuche Tehuelche, fuera de la lógica de la propiedad privada.

Catalina Llancaqueo, quien vivió desde que era pequeña en el territorio en cuestión, mencionó que realizó varias presentaciones en el IAC para que las tierras no se vendan, pero que no obtuvo respuestas. “Estas tierras no se pueden vender porque son mapuche”, afirmó la anciana que debió ser asistida luego de sufrir una descompensación durante su testimonial.

Felipe Suarez, uno de los ancianos del Consejo de Mayores de la lof, mencionó la contaminación que genera hace años “el basural”, refiriéndose a la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos lindante a las tierras de la comunidad, producto de la cual tuvo que trasladar a sus animales a campos de otros miembros de la comunidad. “Nos ayudamos entre todos” expresó Felipe y detalló que, entre ellos, no se cobran por el pastaje: “eso no existe entre nosotros”. A su vez, señaló la unión de las familias afirmando que “todos somos descendientes del cacique Nahuelpan”.

Por su parte, el referente de la comunidad, Javier Nahuelpan, reforzó este concepto afirmando que cualquier integrante de la comunidad puede irse si desea y que “el descendiente de Nahuelpan siempre puede volver”.

Otro integrante de la comunidad, Francisco Huenchuman, explicó la organización social y política de la comunidad, describiendo aspectos del Consejo de Participación Indigena (CPI), Consejo Comunitario, Consejo de Mayores, Lonko, Trawn y personería jurídica, entre otros. Además, mencionó queNo es como cualquier tierra de cualquier estanciero, que adquiere un campo, lo tiene un rato y después lo vende, nuestras tierras son intransferibles, intangibles, tenemos una legislación especial para eso” (Nota de redacción: Artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional)

Fiscales Ezequiel Forti y Mónica Caveri

Los alegatos

La cuarta y última audiencia fue destinada a los alegatos de clausura y a las palabras finales de las partes. El Ministerio Público Fiscal, a cargo de los fiscales Ezequiel Forti y Mónica Caveri, solicitó la condena de los imputados, por el delito de usurpación, a una pena de dos años en suspenso.

La doctora Sonia Ivanoff pidió la absolución de sus defendidos. Señaló que éste es un caso más de judicialización de los derechos culturales de los pueblos indígenas. A su vez, recalcó que la fiscalía solamente presentó actos administrativos viciados que no demuestran la posesión de Aguado, y que la familia Llancaqueo se auto adscribe y pertenece a la comunidad Nahuelpan, quienes no perdieron nunca la posesión. “Si no hay posesión no hay despojo y si no hay despojo no hay delito”, reafirmó.

Apeló a leyes provinciales y a la Constitución Nacional mencionando que cualquier tierra perteneciente a una comunidad  indígena, a una persona indígena o  a una familia indígena es inenajenable e intransferible, y que, por lo tanto, ningún miembro de la comunidad tiene derechos a vender una parte del territorio. Señaló al IAC por emitir anuencias viciadas y actuar históricamente a favor del despojo a miembros de familias indígenas y comunidades, y remarcó:Hacer ver que el IAC ha sido legitimador de la posesión material de Aguado es un gran error jurídico , de una vulneración y violación de la constitución y un acto de desobediencia judicial, porque el IAC tiene una orden de abstenerse de emitir actos administrativos en donde una de las partes sea indígena, por la falta de conformación de la Comisión de Tierras Indígenas “. Cabe aclarar que dicho fallo de no innovar fue ratificado recientemente por el Superior Tribunal de Justicia.

También recordó varios fallos de la justicia de Chubut, sobre conflictos similares, con colisión de derechos, que absuelven a los acusados y reafirman el derecho Penal como ultima ratio en la resolución de conflictos sociales

La abogada destacó que, durante el juicio, la defensa produjo pruebas donde se aprendió de la historia y la memoria y del derecho indígena. Tanto los testimonios de los integrantes de la comunidad Mapuche Tehuelche, del historiador Marcos Sourrouille, quien aportó mapas e información histórica sobre el poblamiento de la zona, como de la abogada Silvina Ramírez, quien explicó la importancia de entender este caso desde los derechos indígenas, parecieron cumplir un acto pedagógico en la sala. Al finalizar los alegatos tanto el demandante, Aguado, como cuatro de los imputados, hicieron uso de las palabras finales. Los acusados mapuche pudieron hacer su pentukün y, además, agradecieron a las partes por permitirles expresar sus palabras. La lectura del veredicto será el 16 de noviembre a las 10:30hs en la misma sala.

Fotos: Jenifer Nahuelpan

Escribe: Roxana Sposaro

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