Una concepción de Estado en un DNU

Sobre la derogación del DNU que prorrogaba la ley de emergencia de la posesión y propiedad comunitaria indígena

Escribe: Silvina Ramírez

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 1083/24) derogó el DNU 805/21 que prorrogaba la ley de emergencia de la posesión y propiedad comunitaria indígena (la ley 26.160 y sus sucesivas prórrogas). Este acto jurídico es de una gravedad notable, por varios motivos.

En primer lugar, transforma una política pública destinada a cumplir con una obligación estatal: el respeto de los derechos territoriales indígenas y, por consiguiente, la titulación colectiva de sus tierras. En segundo lugar, al eliminarse dicha ley, que no sólo ordenaba el relevamiento técnico jurídico catastral, sino que suspendía los desalojos – tampoco la 26.160 tuvo el efecto esperable, y los desalojos siguieron sucediéndose en gestiones anteriores de gobierno- es de prever que éstos puedan multiplicarse, generando una situación de vulnerabilidad, inseguridad y sufrimiento para las comunidades indígenas que se irá profundizando. En tercer lugar, la derogación crea escenarios de incertidumbre notable, porque despierta dudas sobre cuáles serán los efectos de los relevamientos que, actualmente, se encuentran en proceso, sin haber sido concluidos, e incluso aquellos que ya están finalizados.

De la lectura de la exposición de motivos de este decreto de derogación surgen una serie de “razones” por las que el poder político decide dar por finalizada la emergencia de la propiedad indígena. Éstas son un compendio de exclusión, racismo y discriminación, acusaciones infundadas a las comunidades indígenas y, en definitiva, la consolidación de un modelo económico y un modelo de desarrollo que necesitan explotar los territorios indígenas.

Sólo basta hacer un recorrido por algunos de los motivos que se expresan para fundamentar la medida, para comprender hasta qué punto ésta expresa una mirada del mundo, una postura ideológica que deja afuera de cualquier consideración a las comunidades indígenas, y que relativiza y niega sus derechos, derechos indígenas que se encuentran vigentes en Argentina hace décadas.

Así, y a modo ejemplificativo, se presenta una lista de argumentos extraídos de los fundamentos del DNU, que ilustran una concepción muy alejada de la pluralidad y la diversidad.     

  1. Inseguridad jurídica y grave afectación a la propiedad de los legítimos dueños.
  2. Impedir el libre ejercicio de las actividades productivas y recreativas sobre las tierras involucradas.
  3. Grupos amparados circunstancialmente bajo la normativa aplicable a los pueblos indígenas, avasallaron los derechos de la ciudadanía y agraviaron las prerrogativas soberanas del Estado
  4. Incrementos de inscripción de comunidades indígenas en los respectivos registros. Incremento notorio de las inscripciones de las supuestas comunidades.
  5. Se han bloqueado el desarrollo de inversiones y las obras de infraestructura para el desarrollo de servicios públicos.
  6. Refiriéndose al sur de argentina, toma de tierra y en la provocación de graves daños ambientales (incendios intencionales).
  7. Consolidación de la discriminación entre ciudadanos argentinos.
  8. Respeto irrestricto a la propiedad privada como un principio de justicia.
  9. Propiedad privada como un factor clave para atraer las inversiones necesarias para el verdadero bienestar del país.
  10. Peligro a la soberanía nacional.

Monocultural, excluyente y racista

No hace falta llevar adelante una tarea de interpretación para identificar la finalidad de este decreto. Liberar el territorio para la explotación, allanar el camino para que el Régimen de incentivo a las grandes inversiones (RIGI) encuentre un espacio sin obstáculos en donde desplegarse. Los derechos a la libre determinación y a la autonomía de los pueblos indígenas quedan, claramente, en el olvido. 

Finalmente, este acto jurídico del poder administrador traduce una concepción ideológica del Estado profundamente monocultural, excluyente, racista e inequívocamente asociada al extractivismo, que necesita de los territorios indígenas para expandirse. Desde ya que existen intereses económicos, avidez por los negocios, beneficios pensados para ser distribuidos en las corporaciones; pero va mucho más allá de consideraciones de lucro o de ganancias.

Una concepción que considera a los pueblos indígenas como un escollo, y a sus derechos como una amenaza. Una ideología que desprecia lo diferente, y que va dando pasos consistentes –a través de cada una de sus decisiones de gobierno- para socavar y eliminar las legítimas demandas de los pueblos indígenas, cuyo horizonte es cimentar una matriz estatal fruto de una “sociedad occidental”, que entiende los principios de libertad e igualdad restrictivamente, avasallando pueblos y culturas.  

Foto de archivo: Roxana Sposaro



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