Comunicado de Malalweche y APDH regional Mendoza

El 22 de abril, el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, celebró a través de su red X un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que rechazó un recurso de la comunidad mapuche El Sosneado en un litigio con la empresa Sociedad Minera Argentina (SOMINAR) S.A. Cornejo calificó la decisión como un acto de justicia, respaldando lo que considera los “legítimos dueños” de 3.500 hectáreas en el sur de la provincia y subrayando que esta comunidad mapuche “no tiene raíces ni posesión ancestral” en Mendoza.

No obstante, la Organización Identidad Territorial Malalweche y la Asamblea permanente por los Derechos Humanos Regional Mendoza emitieron un contundente comunicado en respuesta, denunciando lo que llamaron “una campaña de desinformación masiva, falacias y desprestigio en contra del pueblo mapuche”. Estas organizaciones denuncian que el gobernador, con el apoyo de algunos medios, perpetra un relato falso que desvirtúa los derechos de las comunidades indígenas.

Comunicado público

Ante un nuevo episodio de la campaña masiva de desinformación, falacias y desprestigio en perjuicio del Pueblo Mapuche de Mendoza en general y de la comunidad Lof El Sosneado en particular, orquestada por el Gobernador de la Provincia de Mendoza, Alfredo Cornejo, con la complicidad de algunos medios de prensa nacionales y provinciales, informamos en consulta previa con la Organización Identidad Territorial Malalweche (representativa de numerosas comunidades del Pueblo Mapuche de Mendoza):

Es falso que el INAI haya cedido o entregado tierras al Lof El Sosneado ni a ninguna otra. El organismo no tiene potestad legal para hacerlo.

Es falso que la Provincia de Mendoza no haya sido participada con antelación de los procedimientos administrativos del INAI para el relevamiento territorial e inscripción de la personería jurídica del Lof El Sosneado. Ello surge de las constancias de comunicación obrantes en los respectivos expedientes.

Es falso lo que afirma el gobernador respecto de que el reciente fallo recaído en el Expediente CSJ 2013/2024/RH1 caratulado “SOMINAR S.A. c/ Comunidad Lof El Sosneado y ot. …” (recurso de queja) haya “confirmado” asunto alguno. Véase la jurisprudencia citada en ese fallo por el Ministro Ricardo Lorenzetti.

Es falso que con ese fallo se haya terminado el litigio con el que la Sociedad Minera Argentina S.A. -SOMINAR- pretende quedarse con territorios ancestrales del Pueblo Mapuche. Sin perjuicio de otras acciones en curso, la comunidad ha impugnado judicialmente la Res. INAI N° 11/2025 que pretende dejar sin efecto el relevamiento del Lof El Sosneado (Res. 36/2023).

Es falso que el Lof El Sosneado no pertenezca al Pueblo Mapuche. Además de la historia particular de sus integrantes y antecestros indígenas, la comunidad ha sido reconocida e inscripta por el Estado Nacional como perteneciente al Pueblo Mapuche. La Res. 80/2023 está plenamente vigente.

Ratificamos la “Carta abierta al pueblo de la provincia de Mendoza” referida al Pueblo Mapuche publicada el 11 de febrero de 2025. Invitamos a periodistas y público en general a leerla en este link.

Exhortamos a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Mendoza y de la Nación a velar por la vigencia efectiva de los derechos humanos de la población indígena, reconocidos en el art. 75, inc. 17 de la Constitución Nacional y en el Convenio 169 de la OIT (aprobado por Ley 24.071).



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