Criminalización del autorreconocimiento mapuche tehuelche indígena: el caso de Cruz Ernesto Cárdenas y Belén Salina
Desde el 4 de agosto, Cruz Ernesto Cárdenas y su compañera Belén Salina enfrentan un juicio en el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, acusados de usurpar el territorio que sus familias habitan históricamente, incluso desde antes de la creación del Parque Nacional Los Alerces Futalafquen. Más allá de las imputaciones formales, el proceso judicial expone un conflicto profundo: la negación de la preexistencia mapuche-tehuelche en la región y la criminalización de quienes la reivindican.
Como ha ocurrido en otros juicios contra integrantes de comunidades indígenas que reclaman sus territorios ancestrales, la fiscalía desplegó una estrategia que ignora el marco legal vigente. El fiscal federal Mariano Sánchez no reconoce el derecho indígena consagrado en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales, a pesar de que como representante del Estado argentino está obligado a garantizarlas.
En su alegato final, el fiscal señaló que el conflicto comenzó cuando la pareja “empezó a autopercibirse mapuche”, negando la existencia de su identidad.
Al poner en duda la identidad de los integrantes de un pueblo indígena, reconocido como preexistente a la conformación de los Estados, el fiscal incumple con el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional, que garantiza el respeto a su identidad, y por el Convenio 169 de la OIT en el año 2001.
Además, omite el contexto histórico de despojo y violencia estatal. El pueblo mapuche tehuelche sobrevivió al genocidio perpetrado durante las campañas militares de fines del siglo XIX. Los desplazamientos forzosos, la pérdida de la lengua y la imposición de una identidad nacional homogénea provocaron rupturas generacionales en la transmisión cultural. A ello se debe agregar el rol colonizador de los Parques nacionales. Negar estos procesos de autorreconocimiento y la presencia de los pueblos indígenas, es ignorar las consecuencias actuales de un conflicto histórico no resuelto, que se manifiestan en los conflictos territoriales vigentes.
En otro pasaje de su alegato, Sánchez realizó afirmaciones basadas en falsas teorías históricas de exterminio y colonización que evidencian su cargada ideología racista y supremacista, perdiendo el carácter objetivo y de imparcialidad.
Por otra parte no solo banaliza el derecho a la identidad y la memoria colectiva, sino que contradice el Convenio 169 de la OIT que establece que los pueblos indígenas tienen derecho a definir su propia identidad y a mantener sus vínculos espirituales y culturales con los territorios que ocupan o utilizan. El artículo 13, inciso 1, sostiene que los gobiernos deben respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos reviste su relación con las tierras o territorios, especialmente en sus aspectos colectivos. Esta dimensión material y espiritual, fue negada por el fiscal e incluso por la querella del Parque Nacional.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, reafirma en su preámbulo, que todas las doctrinas basadas en la superioridad racial o cultural son “racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas”. Reconoce que los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como resultado de la colonización y la enajenación de sus tierras, y exige que se respeten sus derechos intrínsecos, incluyendo el derecho al desarrollo conforme a sus propias necesidades y cosmovisiones.
Mientras tanto, Cruz Ernesto Cárdenas permanece en prisión preventiva en la sede de la Policía Federal de Comodoro Rivadavia. El pedido de prisión domiciliaria fue rechazado en distintas instancias por el fiscal y el juez: primero por la falta de un estudio ambiental, luego por supuestas inconsistencias catastrales del domicilio, y finalmente por el presunto “riesgo de fuga”, a pesar de que Cárdenas se habrá presentado espontáneamente ante la justicia para someterse a debate oral.
Este juicio pone en cuestión el sistema judicial argentino que continúa reproduciendo prácticas discriminatorias y negando derechos reconocidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales.
El lunes 11 de agosto a las 14:30hs, serán los alegatos de la defensa y las palabras finales de Cárdenas y Salina, antes de la sentencia.
📷 Foto de portada: Roxana Sposaro
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