Una nueva política del INAI

La anulación de las carpetas técnicas del relevamiento territorial

Escribe: Silvina Ramírez

En la última semana de agosto se publicaron dos resoluciones del INAI –139/25 y 140/25- que revoca y deja sin efecto la constatación de ocupación actual, tradicional y pública que había sido determinada por resoluciones anteriores del mismo instituto. Las comunidades ahora afectadas son la Agrupación Mapuche Quinchao y la Agrupación Mapuche Rams, ambas localizadas en la provincia de Neuquén. No es la primera vez que el INAI bajo la presidencia de Claudio Avruj, en la actual gestión de gobierno, da de baja carpetas técnicas desconociendo los actos administrativos del Estado en gestiones anteriores, pero hoy se ha convertido en una política concreta diseñada para profundizar el desconocimiento de los derechos territoriales y propiciando su despojo.

Bajo argumentos de respeto y reconocimiento de “todos”, invocando el cumplimiento de las normas, procedimientos y leyes, el INAI –organismo encargado de velar por los derechos indígenas- se convierte en la locomotora de las políticas gubernamentales, y se encarga de habilitar la entrega de las tierras a particulares, con la anuencia de los gobiernos provinciales, que alientan este tipo de políticas. Los impactos de las revocaciones de las carpetas son enormes, porque transmiten un mensaje de inseguridad jurídica, de revisión arbitraria de acciones que –en muchos casos- tardaron muchísimo en llegar a las comunidades, que sólo pueden significar mayor vulneración de derechos.

En los considerandos de la resolución 140/25, se expresa:
Que, cualquier actuación administrativa —y del Estado en general— tendiente a cumplir objetivos y a garantizar la plena operatividad de los referidos derechos corresponde que, más allá de la trascendencia del fin perseguido, sea encauzada dentro del ámbito del debido respeto de la totalidad de las disposiciones de nuestra Constitución Nacional.
Que, la solución que se intenta, pretende asegurar no solo la legitimidad y eficacia de los procedimientos administrativos implementados mediante la debida participación y el pleno respeto del derecho de defensa de todos los individuos involucrados.

En las razones expresadas se deja claro no sólo que con el pretendido “respeto de todos” se privilegia a sectores no indígenas, sino que lo realizado con anterioridad es aparentemente inconstitucional, porque habría soslayado algunos principios que se alejaría de las disposiciones constitucionales. Así, todo apunta a sostener que se va desmantelando, progresivamente, lo poco que se había conseguido con la ley de emergencia territorial 26.160 y se va instalando socialmente una idea que va de la mano con la ideología de este gobierno: que los derechos de las comunidades indígenas sobre sus territorios son relativos, cubriendo con un manto de sospecha cualquier atisbo de reconocimiento de la posesión por parte de anteriores gobiernos.

Lamentablemente, es esperable que estas anulaciones se multipliquen. Los pequeños pasos que se dieron son ignorados, se desconocen actos del Estado y se vuelve a un estado de incertidumbre que profundiza la endeblez de los derechos indígenas. Sin dudarlo, el INAI se ha convertido en un actor negativo relevante en las políticas regresivas para los Pueblos Indígenas. Mutó de supuesto interlocutor de las comunidades, aquella instancia estatal que debía abogar por los derechos indígenas, a una institución que agita las banderas de la invisibilización y del saqueo de los territorios indígenas.

📷Roxana Sposaro



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