Nueva cautelar por violencia de género contra anciana mapuche
El 8 de marzo de 2024 en Esquel, el Juez Subrogante Guillermo Fernando Gregorio del Juzgado de Familia N°2 ordenó una medida de prohibición de contacto y acercamiento de Manuel Flores y Walter Ñancucheo hacia Isabel Catrimán. La mujer mapuche había denunciado amenazas de muerte y hostigamientos.
El Juez mantuvo el criterio de las resoluciones previas, emitidas por la Jueza Claudia Melidoni en octubre y diciembre del 2023, resolviendo disponer la prohibición de acceso, contacto y acercamiento de Manuel Flores y Walter Ñancucheo, tanto de la persona como de su hogar, en un radio de 100 metros. Esta medida incluye cualquier lugar donde se encuentre Catrimán, ya sea en la vía pública, lugares de recreación o establecimientos que visite. Además, se extiende a los mensajes de texto, llamadas telefónicas, correos electrónicos, cartas u otros escritos.
Esta medida provisional se establece por un plazo de 30 días, con el apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia y de aplicar medidas más severas en caso de incumplimiento. Además, solicitó la realización de rondas periódicas para vigilar la implementación de la medida y un móvil policial para garantizar el estricto control de lo dispuesto.
En comunicación con infoterritorial Sonia Ivanoff, representante legal de Isabel Catrimán señaló que: “las violencias contra las mujeres mapuche no son percibidas de igual manera que una violencia a la mujer en la ciudad y tampoco se evidencian las interseccionalidades”, especificando que se trata de violencia a una mujer mapuche adulta mayor en la ruralidad, con poca accesibilidad comunicacional, limitada por lejanía, intransitabilidad de los caminos, falta de acceso a línea telefónica, wifi, etc. En este sentido, Ivanoff recalcó sobre los tiempos de resolución según quien denuncie: “Aparece otro componente en la violencia a mujeres indígenas que es el peso histórico de la colonialidad. Me parece que hubo mucha resistencia desde los jueces de Esquel. Mientras una violencia denunciada en la ciudad se tarda 5 horas en resolver o en dictaminar una prohibición de acercamiento, en la zona rural tarda 2 meses.”
Desde 2020 la vida de Catriman estuvo marcada por la violencia de los denunciados. Walter Ñancucheo Walter y Manuel Ernesto Flores, quienes trabajan como puestero y encargado respectivamente en lo que es territorio en disputa dicen ser empleados de la “Sociedad El Martillo”. La misma, estaría compuesta por Sayi Serra, Alicia Bordas de Samamé y Martín Famulari, quienes adquirieron “el derecho a poseer” mediante un dudoso accionar del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural (IAC) impedido por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut. Esta desobediencia judicial del ente autárquico de la tierra fiscal en Chubut ha desencadenado un cuestionamiento profundo sobre las relaciones de poder en el territorio, revelando las inequidades subyacentes al reconocimiento del territorio comunitario.
El estudio social
“El escenario descripto da cuenta de un atravesamiento patriarcal que permea las respuestas posibles de justicia social”, menciona contundente el informe solicitado por la Jueza Claudia Melidoni. El mismo fue presentado el 18 de diciembre de 2023 por la Licenciada María Juliana Arias del Equipo Técnico Interdisciplinario de Esquel dependiente del Fuero de la Niñez,la Adolescencia y la Familia del Poder Judicial de Chubut.
Isabel Catriman tiene 82 años. Vive hace más de 20 años en el Territorio Comunitario Mapuche Lof Catriman Colihueque, en cercanías a Laguna El Martillo, zona lindera al Parque Nacional Los Alerces en Esquel, provincia de Chubut.
El día a día de Isabel, está marcado por la cría de animales como ovejas, vacas y gallinas, además de labores en la huerta y tejido en telar. Estas actividades son vitales para su subsistencia. En el mismo territorio reside su primo de 63 años, quien se dedica también a labores rurales, especialmente encargándose de las tareas relacionadas con la cría de animales debido a su mayor movilidad.
“Denota la presencia de una violencia institucional a partir de inacciones que dejan libradas a las partes a sus posibilidades de autorregulación, estando la adulta mayor en evidente desventaja.”
En el informe se destaca el estado de constante vigilancia y alerta en el que vive Catriman, temerosa de represalias por parte de los denunciados después de haber radicado su denuncia. Este temor la ha llevado a un mayor aislamiento, incluso evitando salir en busca de plantas medicinales, una tradición importante para ella. La anciana expresa sentir humillación por el trato recibido desde el inicio del conflicto, así como impotencia ante la falta de respuestas institucionales sólidas para resolver la situación. Además, ha desarrollado respuestas físicas al estrés, como un aumento de la presión arterial.
“Por parte del Sr. Flores emerge una apropiación del discurso patronal y una defensa del carácter privado de dicha tierra; operando desde ese posicionamiento de sobreimplicación y toma de partido. No obstante, al señalar externamente su carácter de trabajador precarizado, logra identificar su lugar externo al conflicto que da cuerpo. Este niega la presencia de hostigamientos, humillaciones y acciones agresivas de su parte. No obstante su rol y perfil laboral responde a un estereotipo de masculinidad rural”
A su vez hace referencia de que“Emerge la presencia de un repertorio pobre de conductas resolutivas de los conflictos actuando desde un lugar de autoritarismo e imposición por la fuerza de sus criterios, palabra y voluntad.” Esta situación revela la relación de poder y desigualdades que han llevado a una tensión creciente.
El informe se identifican varios factores que han contribuido a la violencia de género y la continua tensión:
_ La falta de resolución judicial del conflicto ha permitido que la violencia patrimonial se cristalice en el tiempo, especialmente perjudicando a Catriman debido a su avanzada edad y vulnerabilidad.
_ Múltiples elementos de victimización secundaria, entre las que se incluyen, la avanzada edad, género, aislamiento en el entorno rural con dificultoso acceso a su lugar de residencia, con escaso acompañamiento de fuerzas de seguridad en la implementación y constatación del cumplimiento de las medidas, omisión de intervenciones judiciales en relevamientos requeridos.
_La medida de protección judicial vigente, inicialmente difusa en cuanto al radio de alejamiento, no ha logrado garantizar la seguridad de Catriman. A pesar de la distancia de 100 metros establecida posteriormente, las viviendas de las partes involucradas se encuentran muy cercanas, lo que ha dificultado la separación efectiva.
_Los denunciados, siguiendo sugerencias de su abogado, han filmado y fotografiado los movimientos de Catriman, alimentando un ciclo de control y sospecha mutua.
_Catriman ha tenido dificultades para radicar denuncias debido a su escasa movilidad y aislamiento, con obstáculos significativos para acceder a la justicia.
_El escenario revelado muestra una presencia de violencia institucional, con ineficacias en las respuestas judiciales y una banalización del riesgo.También destaca la presencia de una disparidad de condiciones de poder económico, lo que dificulta la posibilidad de establecer pautas de convivencia en un plano de cooperación horizontal.
“Coadyuvan elementos como la presencia en el contexto de ruralidad, de consumo de alcohol, acceso a armas, etapas vitales diferentes entre los habitantes que hacen a la presencia de posibilidades del uso de la fuerza disímiles ante el conflicto, inequidades en torno al acceso a la justicia, lógicas productivas también disímiles ya que una representa la economía doméstica rural mientras la contrapartida refiere a la inversión corporativa en torno de la misma.”
Ante este panorama, el estudio sugiere la continuidad de la medida de protección vigente hasta que se encuentre una vía para pacificar el conflicto. “Juzgar con perspectiva de género también implica juzgar con perspectiva intercultural e interseccional “, concluyó Sonia Ivannof.