Al banquillo por defender las nacientes del Río Chubut

En un proceso que expone la extranjerización de la tierra y las vulneraciones a los derechos indígenas, la justicia de Río Negro debe decidir si condena por usurpación a una mujer mapuche por pastorear en territorio hoy en manos de capitales de Emiratos Árabes.

El pasado 7 de abril, los tribunales de Bariloche fueron escenario de una audiencia que trasciende lo judicial para convertirse en un caso testigo sobre soberanía hídrica y los derechos indígenas. Soledad Cayunao, integrante del pueblo mapuche, enfrenta una acusación por “usurpación” de tierras que su familia ha utilizado históricamente como veranada (pastoreo estacional) para sus animales.

El denunciante es Hugo Alberto Barabucci, un ex polista que admitió ante el juez vivir la mayor parte del año en Emiratos Árabes Unidos. Su presencia en la región es esporádica -apenas dos o tres veces al año-, pero su peso territorial es inmenso: en 2017 adquirió unas 14.000 hectáreas gracias a una donación de 2 millones de dólares del Estado árabe. Allí instaló un coto de caza de ciervos.

Leyes vulneradas

La defensa de Cayunao, ejercida por los abogados Martín Palumbo y Milton Díaz, puso el foco en la legitimidad de la propiedad de Barabucci. Según el alegato final, la compra violaría la Ley de Tierras 26.737 y normativas en relación a las zonas de seguridad de frontera.

“Esta tierra se encuentra a 45 kilómetros de la frontera con Chile, cuando la ley establece un límite de 100 kilómetros para la adquisición por parte de extranjeros o testaferros”, señaló Palumbo. Además, la normativa prohíbe la venta de tierras linderas a espejos de agua, condición que este territorio incumple flagrantemente al albergar las nacientes del Río Chubut. En este contexto, la Milton Díaz solicitó que estas pruebas sean remitidas al Ministerio Público Fiscal para que se investigue si la compra fue legítima. 

Pese a estas irregularidades, la fiscalía a cargo del fiscal Francisco Arrien mantuvo un alegato que ya parece un “copie y pegue” institucional que se repite en cada juicio por conflictos territoriales: sostener que cualquier reclamo debe canalizarse por vías administrativas, criminalizando la presencia ancestral en el territorio como una “vía de hecho” o un acto “clandestino”.

De protectora a acusada

La realidad relatada por Cayunao dista mucho de la “clandestinidad”. El pastoreo en las veranadas del alto río Chubut es una práctica milenaria de su linaje mapuche. Sin embargo, en los últimos años, la ocupación de Barabucci ha transformado la vida de Soledad en una resistencia peligrosa. La mujer mapuche denunció incendios de un puesto ancestral y constantes amenazas de muerte por parte de los administradores del campo: “Me dijeron que si sigo rompiendo las pelotas voy a terminar flotando”, declaró Soledad ante el juez, describiendo un clima de violencia física y psicológica denunciadas oficialmente pero que la fiscalía ha ignorado sistemáticamente.

El defensor Martín Palumbo destacó que Soledad no solo defiende su derecho al tránsito, sino la biodiversidad de toda la población. Las nacientes del río Chubut, ubicadas la cordillera Río Negro, son el recurso vital que abastece a gran parte de la provincia vecina. “Es un juicio irrisorio: una persona que dedica su vida a cuidar el medio ambiente y las fuentes de agua está sentada en el banquillo de los acusados. Es increíble”, enfatizó.

Resulta paradójico que las fiscalías invoquen el “ejercicio democrático” para criminalizar a quienes defienden los bienes comunes naturales desde sus territorios, mientras el propio Estado desoye sus denuncias o, incluso, impide la participación de más de 100.000 ciudadanos inscriptos en la audiencia pública sobre la reforma de la Ley de Glaciares

Un mensaje para toda la población

Soledad Cayunao cuenta con el respaldo de comunidades indígenas, organizaciones ambientales y autoridades tradicionales como el Lonko Mauro Millán, quien declaró como testigo. Millán subrayó que Soledad es vista por su pueblo no como una criminal, sino como una mujer valiente que custodia la soberanía hídrica del país frente al avance extractivista y la extranjerización.

La figura de usurpación imputada (Art. 181, inciso 1 del Código Penal) es excarcelable, pero el trasfondo es el aleccionamiento. Una condena contra Cayunao sentaría otro precedente nefasto, desconociendo el Convenio 169 de la OIT y la preexistencia étnica consagrada en la Constitución Nacional.

Mientras la justicia rionegrina decide el futuro de la defensora de agua y el territorio – Soledad Cayunao- este caso deja una pregunta incómoda en el aire ¿Por qué un Estado extranjero invierte millones de dólares en comprar nacientes de agua en la Patagonia mientras el Estado nacional criminaliza a quienes las han habitado y protegido por generaciones?

El veredicto del juez Marcelo Álvarez Melinger se dará a conocer este jueves 9 de abril.

 

Foto: Roxana Sposaro

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