Admiten el amparo ambiental a la Comunidad Kaxipayiñ

La Cámara de Apelaciones de Neuquén admite el amparo ambiental de la Comunidad Kaxipayiñ contra proyecto en Vaca Muerta

En una resolución que la Confederación Mapuche de Neuquén definió como un acto de justicia frente al avance de la industria del fracking, la Cámara de Apelaciones decidió revocar la sentencia de primera instancia y declarar admisible el amparo ambiental presentado por la Comunidad Mapuche Kaxipayiñ. La medida judicial cuestiona las resoluciones que autorizaron el proyecto hidrocarburífero “LOC-ELG-4 e instalaciones asociadas”, el cual se desarrolla en una zona de alta sensibilidad ambiental vinculada al lago Mari Menuco.

Según informó la Confederación Mapuche de Neuquén, el tribunal fundamentó su decisión al considerar que el rechazo inicial fue incorrecto, ya que las vías administrativas ordinarias no resultan eficaces para brindar una protección oportuna ante un riesgo ambiental actual e inminente. Dado que las obras ya se encuentran en ejecución, la justicia entendió que la demora de un proceso común tornaría irreversible cualquier daño ocasionado, reafirmando que el amparo es la vía principal cuando se ven comprometidos derechos constitucionales básicos.

En su análisis, el Tribunal dio especial relevancia al principio precautorio, el cual establece que no se requiere de certeza científica absoluta ni de una prueba acabada para actuar, sino simplemente de la verosimilitud del riesgo. En este sentido, se dieron por acreditados los hechos denunciados por la comunidad, entre los que destacan la utilización del territorio indígena como corredor logístico y la extracción de grandes volúmenes de agua del lago. Además, tomó especial peso la existencia de un ducto que la propia autoridad calificó como de riesgo hídrico alto, lo que configura una amenaza concreta al ecosistema y al territorio protegido.

Finalmente, el fallo subrayó que las presuntas violaciones en los procedimientos obligatorios son cuestiones plenamente controlables judicialmente. Entre estas irregularidades se mencionan el uso indebido de informes ambientales en lugar de estudios de impacto ambiental más rigurosos, el fraccionamiento del proyecto para evitar controles mayores y la ausencia de la audiencia pública correspondiente. Con esta resolución, el amparo presentado por el Lof Kaxipayiñ seguirá su curso legal para determinar la protección definitiva del ambiente y los derechos territoriales en la región.

📷 Confederación Mapuche de Neuquén



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