Comunicado sobre las acciones judiciales por Proyecto San Jorge
Diversas organizaciones ambientales, comunidades indígenas y vecinos de Mendoza presentaron acciones judiciales contra el Proyecto Minero San Jorge, aprobado por la Ley 9684 y su Declaración de Impacto Ambiental. Los demandantes sostienen que el proceso estuvo plagado de irregularidades, con estudios incompletos y una audiencia pública sin transparencia.
Las causas en curso alertan sobre riesgos de contaminación en el Río Mendoza, agotamiento del Arroyo El Tigre y liberación de arsénico, además de la falta de consulta a Pueblos Originarios, lo que vulnera Tratados Internacionales y Leyes ambientales vigentes. El comunicado difundido por las organizaciones subraya que la justicia mendocina aún no ha avalado definitivamente el proyecto y reclama un tratamiento urgente de las demandas para garantizar la defensa del agua y los bienes comunes.
Compartimos el comunicado de prensa sobre las acciones judiciales DIA – San Jorge
Las acciones judiciales en defensa del agua y el ambiente siguen plenamente vigentes y el Poder Judicial debe avanzar en su tratamiento.
En ellas se plantea declarar la nulidad, inconstitucionalidad e inconvencionalidad de la ley 9684 y la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Minero San Jorge.
Es falso que haya habido aval judicial para el PSJ. Durante la feria del mes de enero, la justicia civil solamente ha rechazado las medidas cautelares planteadas en los amparos, aunque ello no implica pronunciamiento alguno sobre la cuestión de fondo que recién comienza y se analizará luego de la feria.
En el Segundo Tribunal de Gestión Asociada a cargo de la Jueza Dra. Iermoli Blanco se encuentran:
1) Expediente 287132. Amparo presentado por Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Civil de Uspallata “el Suri”; e integrantes de Vecinos autoconvocados de San Carlos, autoconvocados por el agua Tunuyán, Asamblea del Pueblo de Alvear, Asamblea Popular por el Agua, con el patrocino del Dr. Emiliano Bustos Sarmiento, referido a la DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales y a la falta de transparencia de la audiencia pública.
2) Expediente 287138. Amparo presentado por Comunidad Huarpe Guaytamari de Uspallata y la Fundación Cullunche, con el patrocinio de la Dra. Agustina Chaves, Lucio Chaves, Antonella Barnes, Martín Berlanga Darder, Florencia Alderisi, Carime Mercado, referido al incumplimiento del Consentimiento Libre, Previo e Informado a los Pueblos Originarios establecido en el convenio 169 de la OIT, a la violación de la Ley Provincial 6599 (de Monumentos Naturales Provinciales) y la omisión en todo el proceso de PSJ de la existencia del proyecto de ley para crear el Área Natural Protegida Uspallata-Polvaredas, presentado por los Vecinos de Uspallata y actualmente con estado parlamentario.
3) Expediente 287141. Amparo presentado por un vecino de Uspallata con el patrocinio de la Dra. Julieta Lavarello, Martina Barraza Orsini (XUMEC) y Enrique Jasid (CeProDH) referida al agotamiento del caudal del Arroyo el Tigre y su insuficiencia como fuente de agua para abastecer a PSJ, principal afluente de la Ciénaga del Yalguaraz.
Asimismo, en la Suprema Corte de Justicia de Mendoza están las siguientes acciones de inconstitucionalidad:
1) Expediente 238274. Acción de Inconstitucionalidad presentada por ciudadanos de la provincia de Mendoza con el patrocinio del Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco referida a los incumplimientos del Código de Minería.
2) Expediente 238528. Acción de Inconstitucionalidad presentada por Oikos Red Ambiental con el patrocinio del Dr. Agustín Sánchez, Juan Carlos Nievas y Manuel Linares referida a la DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales.
3) Expediente 239042. Acción de Inconstitucionalidad presentada por José Luis Ramón y Jenina Johana Gutierreza de la Asociación Civil Progreso Mendoza y por el Licenciado Eduardo Sosa referida a la DIA condicionada, incompleta y carente de estudios esenciales y a la falta de transparencia de la audiencia pública.
4) Expediente 239054. Acción de Inconstitucionalidad presentada por ciudadanos de la provincia de Mendoza con el patrocinio del Dr. Luis Gabriel Escobar Blanco referida a la contaminación por arsénico.
En síntesis, las distintas acciones judiciales sostienen el riesgo de daño ambiental irreversible por haber sido aprobada una Declaración de Impacto Ambiental incompleta, condicionada y carente de estudios esenciales que impiden determinar no solo la factibilidad de la utilización de agua, sino los riesgos de contaminación hacia el Río Mendoza y otros recursos hídricos. Asimismo, se plantea el riesgo de agotamiento del caudal del arroyo El Tigre, principal aportante del ecosistema de la Ciénaga del Yalguaraz; el incumplimiento de consulta a pueblos originarios establecidos en el Convenio 169 de la OIT; la falta de transparencia y consulta pública por las irregularidades de la audiencia pública llevada adelante dentro de la empresa; el riesgo de liberación de arsénico, entre otros.
Dentro de las normas constitucionales y convencionales vulneradas se encuentran: los artículos 28, 33, 41, 43, y 75 incs. 22 y 23 de la Constitución Nacional; tratados internacionales con normas del bloque de constitucionalidad federal, entre ellas la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en especial sus artículos 1.1, 2 y 25; el Protocolo de San Salvador, particularmente su artículo 11, que reconoce el derecho a un medio ambiente sano; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en sus artículos 2.1, 11 y 12; y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en sus artículos 2, 6 y 14, todos ellos vinculados de manera directa con la tutela del derecho a la vida, a la salud, al agua y al ambiente sano, así como con el acceso efectivo a la justicia.
De igual modo, se encuentra comprometido el Acuerdo de Escazú, aprobado por la Ley N.º 27.566, en particular sus artículos 1, 4, 6 y 8 (incisos 1, 2 y 3), que imponen obligaciones reforzadas al Estado en materia de acceso a la información ambiental, participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales, con especial énfasis en la legitimación amplia y en la protección judicial efectiva frente a riesgos ambientales. Así como también se vulnera la Ley General del Ambiente (Ley N.º 25.675), la Ley Provincial N.º 5961, la Ley Provincial 7722 y el Código de Minería.
La Justicia de Mendoza debe dar rápido tratamiento a todas estas acciones judiciales que son parte de la lucha que viene llevando adelante el pueblo de Uspallata y toda Mendoza en defensa del agua y nuestros bienes comunes.
Contactos de representantes de los equipos interdisciplinarios que vienen trabajando en las acciones legales:
Ong Progreso Mendoza: Lic. Cristina Patiño T.E. 2604332765,- Lic. Eduardo Sosa T.E. 2614183715
Dra. Julieta Lavarello, Mat. Prov. Mendoza N° 10.108, T.E. 2613071804
Dr. Enrique Jasid Mat. 9968, T.E. 2616636751 (CeProDH)
Lic. Federico Soria, Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata, tel: 2615333477
Gonzalo Vergez, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, T.E. 2234268927
Ariadna Fajner Correa, T.E. 2615933400 (XUMEK)
Luis Gabriel Escobar Blanco: Cel. 261 257 6066 Carlos Russo: Cel. 261 347-5597
Foto: Asamblea de vecinos de Uspallata
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