Revés para el IAC y Aldo Duscher

Las comunidades mapuche tehuelche en Chubut logran que la Justicia reabra el debate sobre tierras adjudicadas sin consulta previa.

La Cámara Contencioso Administrativo de Trelew revocó la sentencia que había declarado “abstracta” la acción de amparo presentada por las Comunidades Mapuche Fentren Kimun, Ayamilla y Lof Newentuaiñ Inchiñ contra el Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural (IACyFR). Los abogados Matías Álvarez, Juan Díaz y Sonia Ivanoff fueron quienes presentaron la acción judicial en representación de las tres comunidades.

Sonia Ivanoff, destacó que el fallo es de gran importancia porque sienta un precedente judicial y reconoce que el conflicto territorial continúa vigente y se debe analizar la legalidad de los actos administrativos que afectan tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades mapuche tehuelche.

La Cámara entendió que no se podía considerar finalizado el caso por el solo hecho de que el IAC dejara sin efecto una resolución anterior, ya que posteriormente dictó una nueva adjudicación sobre las mismas tierras ubicadas en la Colonia Mixta Gualjaina. Es decir, el problema de fondo – la disposición de territorio indígena- se mantiene.

Del análisis realizado por el Tribunal surge que no consta en el expediente administrativo que el IAC haya convocado a Consulta Previa, Libre e Informada, ni que haya requerido la intervención obligatoria de la Comisión de Tierras Indígenas prevista en la Ley I Nº 157 antes de disponer de la adjudicación de tierras al futbolista Aldo Duscher.

En consecuencia, la Cámara revocó la decisión de primera instancia y ordenó que el proceso continúe por la vía ordinaria, lo que permitirá un debate más amplio, con producción de prueba y análisis integral de la legalidad de las resoluciones impugnadas.

Este pronunciamiento es relevante porque reafirma que la sustitución formal de un acto administrativo no elimina la lesión cuando el contenido material subsiste. El conflicto no desaparece si las tierras indígenas continúan siendo adjudicadas sin consulta ni participación de las comunidades.

La actuación administrativa evidencia que el IAC no está dispuesto a reconocer plenamente derechos fundamentales de las comunidades mapuche tehuelche: el derecho al territorio tradicionalmente ocupado, el derecho a la consulta previa y el derecho a la participación efectiva en las decisiones que las afectan. Tampoco ha garantizado la intervención previa de la Comisión de Tierras Indígenas, órgano previsto por la legislación provincial como requisito esencial antes de adjudicar tierras ocupadas por comunidades o que una de las partes en conflicto sea “aborigen”.

El proceso judicial continuará ahora en instancia ordinaria, donde deberá analizarse la validez de los actos administrativos dictados y la eventual venta, cesiones y transferencias irregulares que acarrean la nulidad absoluta de la adjudicación cuestionada.

Las comunidades reafirman que la defensa del territorio no es un reclamo sectorial, sino la exigencia del cumplimiento efectivo de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la OIT, la Constitución Provincial y las normas especificas vigentes en la provincia y la República Argentina.

En comunicación con infoterritorial, la werken del Lof Fentren Kimun, Susana Martin, celebró el fallo de la Cámara, pero aclaró que, hasta que no se reconozca la ocupación histórica y se anulen las ventas fraudulentas, continuarán con sus reclamos. Asimismo, manifestó su firme convicción en la necesidad de alcanzar justicia frente a la histórica lucha en defensa de los territorios indígenas.

También señaló que, pese al tiempo transcurrido y a las dificultades, las comunidades no han abandonado su resistencia, denunciando que la venta ilegal de tierras continúa afectando a las comunidades mapuche tehuelche. “De las 74.000 hectáreas que el Estado reconoció a los Pueblos Originarios en la Reserva Indígena de Gualjaina en 1942 no sé cuánto nos quedará”, expresó y cuestionó la forma en que el Estado administra esas tierras:“cómo trabaja el Estado se benefician los gobiernos de turno y empresarios nomás”.

“Este fallo constituye un paso importante en la defensa de los derechos territoriales indígenas en la provincia del Chubut y marca un límite a decisiones administrativas adoptadas sin apego a la normativa vigente en materia de tierras indígenas, sin consulta ni participación”, concluyó Ivanoff.

     

Foto: Roxana Sposaro


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